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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (05/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451141 autoridad correspondiente, así como en sus respectivas Especifi caciones Técnicas de Operación. Artículo 8º.- El presente Permiso de Operación será revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certifi cado de Explotador y Especifi caciones Técnicas de Operación. Artículo 9°.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 10º.- La compañía AERO ANDINO S.A.C., deberá cumplir con la obligación de constituir la garantía global que señala el Artículo 93º de la Ley N° 27261, en los términos y condiciones que establece su Reglamento y dentro del plazo que señala el Artículo 201° de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligación determinará la automática revocación del presente Permiso de Operación. Artículo 11º.- La compañía AERO ANDINO S.A.C. deberá presentar cada año el Balance de Situación, el Estado de Ganancias y Pérdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de Caja proyectado para el año siguiente. Artículo 12º.- La compañía AERO ANDINO S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 13º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil del Perú - Ley N° 27261, su Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN CHAHUD LA ROSA Director General de Aeronáutica Civil (e) 693352-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan Secretario General del Instituto Peruano del Deporte RESOLUCIÓN Nº 704-2011-P/IPD Lima, 30 de setiembre del 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, se establece como Órgano de Alta Dirección a la Secretaría General; Que, se encuentra vacante el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte; Que, en tal sentido, es necesario designar al funcionario que desempeñe dicho cargo público considerado de confi anza, a efecto de garantizar la continuidad del servicio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modifi catorias, el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 018- 2004-PCM, así como el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2004- PCM; Con los visados de las Ofi cinas General de Administración y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir del 1 de octubre de 2011, al señor doctor SAÚL FERNANDO BARRERA AYALA, en el cargo de Secretario General del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 2º.- Notifi car la presente Resolución a los órganos estructurados del Instituto Peruano del Deporte y al interesado. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO BOZA Presidente 699351-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban la difusión del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” de la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A. - TISUR RESOLUCIÓN DE GERENCIA DE SUPERVISIÓN Nº 033-2011-GS/OSITRAN Lima, 03 de octubre del 2011 ENTIDAD PRESTADORA : Terminal Internacional del Sur S.A – TISUR MATERIA : Aprobación de difusión del proyecto de adecuación del “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” del TISUR. VISTOS: La Carta N° 096-2011-TISUR/GG de fecha 27 de setiembre 2011, mediante la cual la empresa concesionaria Terminal Internacional del Sur S.A. (en adelante, TISUR), remitió al OSITRAN el proyecto de adecuación de su “Reglamento de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios” (en adelante, Reglamento de Reclamos). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 019-2011-CD-OSITRAN, se aprobó el nuevo “Reglamento de Atención de Reclamos y Solución de Controversias” del OSITRAN (en adelante, Reglamento del OSITRAN), y sus normas modifi catorias; Que, la implementación de los respectivos Reglamentos de Atención y Solución de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras está regulada por la normatividad siguiente: a) La Ley y demás dispositivos legales y reglamentarias pertinentes;