Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2011 (06/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

451195

Que, a efectos de lograr la inscripcion del terreno eriazo a nombre del Estado, se excluyo las areas en superposicion, quedando un area de 8 425 391,10 m², libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica el 9 de marzo de 2011, se verifico que el terreno de naturaleza eriaza es atravesado de este a oeste por una faja transportadora de material y via de acceso bajo el control de la empresa Shougang, asimismo, en el interior del predio existe una infraestructura destinada a set de energia electrica de la citada empresa y parte de los caminos carrozables que conducen al set de energia electrica, en su mayor extension el predio se hallo desocupado; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 8 425 391,10 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 231-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 23 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 8 425 391,10 m², ubicado en la MORDAZA de San MORDAZA, al este de la Playa El Conchal, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Nazca. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion de Patrimonio Estatal 698850-8 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 280-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 16 de setiembre de 2011

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 747,67 m², ubicado en el Cerro Celoso, al Norte del Centro Poblado Los MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 01 de octubre de 2010, se encontro que el citado terreno es de naturaleza eriaza, conformado por cima de cerro rocoso, sobre el terreno se ha construido un reservorio de agua que abastecen agua a la poblacion de San MORDAZA y se encuentra administrado por EMAPA; Que, la Oficina Registral de Canete remite, el Certificado de Busqueda Catastral de fecha 06 de octubre de 2010, sobre la base del Informe Tecnico N° 11300-2010-SUNARPZR.N°IX//OC, el cual senala que el predio en consulta se ubica en MORDAZA de primeras de dominio, sin que a la fecha, dicha base grafica cuente con la incorporacion del perimetro de un predio inscrito que involucre el terreno en consulta; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 747,67 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0151 -2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 08 de MORDAZA de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 747,67 m², ubicado en el Cerro Celoso, al Norte del Centro Poblado Los MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede Canete de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito, en el Registro de Predios de Canete. Registrese, comuniquese y publiquese.

Visto el Expediente N° 042-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 747,67 m², ubicado en el Cerro Celoso, al Norte del Centro Poblado Los MORDAZA, en el distrito de San MORDAZA, provincia de Canete y departamento de Lima;

MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion de Patrimonio Estatal 698850-9

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