Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2011 (18/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2011

asimismo el articulo 42º de la Ley MORDAZA glosada, establece que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Informe Nº 254-2011-MDA-MDA/OPOGA, de fecha 14 de marzo del 2011, la Oficina de Personal senala que el actual Reglamento Interno de Trabajo para el Personal Obrero de la Municipalidad Distrital de Ate se encuentra desfasado, encontrandose regulada por normas derogadas, en tal sentido, resulta pertinente que exista una normativa interna que reemplace y actualice el Reglamento Interno por lo que propone el proyecto en tal sentido; Que, mediante Informe Nº 806-2011-MDA/GAFSGRRHH, la Sub Gerencia de Recursos Humanos, subsana las observaciones efectuadas al Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo para el Personal Obrero de la Municipalidad Distrital de Ate; remitiendo el texto final para su respectiva aprobacion; Que, mediante Informe Nº 449-2011-MDA/OGAJ ratificado con Informe Nº 593-2011-MDA/GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica, da la conformidad al Proyecto de Reglamento Interno de Trabajo para el Personal Obrero presentado, por lo que debera ser aprobado mediante Decreto de Alcaldia de conformidad con el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Proveido Nº 1470-2011-MDA/GM la Gerencia Municipal, senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente; Consecuentemente, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del articulo 20º, articulo 39º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo 1º.- APROBAR; el Reglamento Interno de Trabajo para el personal Obrero de la Municipalidad Distrital de Ate, que como anexo forma parte del presente Decreto. Articulo 2º.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe) el integro del anexo mencionado, y a la Sub Gerencia de Recursos Humanos su difusion al personal Obrero; asimismo remitir al Ministerio de Trabajo para su aprobacion por la autoridad administrativa, tal como senala el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 03991TR. Articulo 3º.- DEJAR SIN EFECTO; toda MORDAZA que se oponga al presente Decreto de Alcaldia. Articulo 4º.- El presente decreto entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Recursos Humanos, y demas Unidades Organicas competentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 691870-2

VISTO: En Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 15 de setiembre de 2011, el Informe Nº 180-2011-GRENTMDEA, del Gerente de Rentas e Informe Nº 351-2011GAJ-MDEA del Gerente de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 80°, numeral 3.2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades, en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen las funciones especificas exclusivas para regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, en el numeral 6.2 del articulo 6º del Reglamento del Registro Unico de organizaciones sociales (RUOS) en el distrito de El MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 486-MDEA, senala que las Organizaciones Sociales de Base, son aquellas que tienen como fin especifico brindar servicios de apoyo alimentario a las familias de menores recursos economicos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25307, normas reglamentarias y complementarias. Que, la expedicion del Carne de Sanidad es un servicio que brinda la Municipalidad a fin de garantizar la salubridad e higiene en la manipulacion de los insumos alimenticios por lo que por unica vez se reducira el derecho en 50% a fin de que las Organizaciones Sociales de Base puedan obtener el carne de sanidad, la vigencia de dicho beneficio sera hasta el 31 de diciembre del 2011; Que, de acuerdo al articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen, o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley; y de conformidad con el articulo 9º numeral 9) de la citada MORDAZA, corresponde al concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, y con dispensa del tramite de Comisiones, lectura y de aprobacion del Acta, con el MORDAZA UNANIME de los Regidores aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE REBAJA EL COSTO DEL CARNE DE SANIDAD Articulo 1º.- REBAJAR en 50% la tasa correspondiente a la obtencion del Carne de Sanidad para las Organizaciones Sociales de Base del Distrito de El MORDAZA, siendo equivalente a S/. 7.00 (Siete con 00/100 nuevos soles), hasta el 31 de diciembre del 2011. Articulo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- ENCARGAR a la Secretaria General su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Defensoria y Participacion Vecinal su correspondiente difusion masiva. POR TANTO Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 692008-1

MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA
Rebajan el costo del carne de sanidad
ORDENANZA Nº 500-MDEA El MORDAZA, 15 de setiembre del 2011. EL MORDAZA DISTRITAL DE EL MORDAZA

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