Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2011 (18/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de setiembre de 2011

Que, el inciso 3.4 del numeral 3) del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales disponer de la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion predial; asimismo el inciso 3.3 del articulo 79º del mismo numeral establece que es funcion municipal la de elaborar y mantener el catastro distrital, por lo cual es requerido como paso previo, la adecuada identificacion de cada inmueble como unidad catastral; Que, el Reglamento de Nomenclatura Vial y de Areas de Recreacion Publica aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, en el Capitulo II de la Clasificacion de Vias y Areas de Recreacion Publica, senala en su Articulo 8º que para los efectos del presente reglamento las vias publicas se clasificaran en vias expresas o autopistas, Avenidas, Vias Parques, Jirones, Calles y Pasajes; Que, mediante Ordenanza Nº 003-MDA de fecha 25 de MORDAZA de 2000, se establecio normas relativas al ordenamiento de nomenclatura de calles publicas y numeracion municipal de predios dentro de la jurisdiccion del distrito de Ate; Que, por Decreto de Alcaldia Nº 029 de fecha 03 de setiembre de 2001 se aprobo la formulacion, ejecucion y mantenimiento mediante la implementacion del "Programa de Nomenclatura Vial y Numeracion de Predios", que permitiria solucionar los problemas urbanos de reconocimiento de los predios publicos y privados; Que, es de suma necesidad dictar una Ordenanza que apruebe el "Proyecto de actualizacion de la Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica" 1º Etapa, Zonas 12-3, presentado por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, en cuyo desarrollo se contemplara el Planeamiento MORDAZA Tematico de Nomenclatura Vial, base de datos e informacion grafica; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el articulo 194º, de la Constitucion Politica del Estado; articulo 79º, inciso 3) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACION DE NOMENCLATURA VIAL Y AREAS DE RECREACION PUBLICA DE PREDIOS DE LA PRIMERA ETAPA, ZONAS 1, 2 Y 3, DENTRO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ATE Articulo 1º.- APROBAR; la formulacion, ejecucion y difusion, mediante la implementacion de la "Actualizacion de Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica de Predios de la Primera Etapa, Zonas 1, 2 y 3", presentado por la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro, area perteneciente a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cual permitira solucionar los problemas urbanos de reconocimiento y ubicacion de los predios publicos y privados en la jurisdiccion del Distrito de Ate. Articulo 2º.- El ambito de aplicacion sera a nivel de la jurisdiccion del Distrito de Ate de acuerdo a sus limites tecnicos legales. Articulo 3º.- RATIFICAR; para el cumplimiento de la presente Ordenanza el Decreto de Alcaldia Nº 029 de fecha 03 de setiembre de 2001, referido al programa de Nomenclatura y Numeracion de Predios. Articulo 4º.- DISPONGASE; que en la presente Ordenanza no se considerara la nomenclatura vial de ciertas areas geograficas que fueron aprobadas por Resoluciones de Alcaldia Nº 0114, 0115, 0342, 0343, 0782, 0794, 1009 y 1010, respectivamente. Articulo 5º.- CONSIDERAR; de necesidad y urgencia la aplicacion de la presente ordenanza, dejese sin efecto las normas y disposiciones que contravengan lo establecido en la presente Ordenanza, referida al planeamiento MORDAZA tematico propuesto para las calles. Articulo 6º.- FACULTESE; al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias para la mejor aplicacion de la presente Ordenanza.

Articulo 7º.- DISPONGASE; que la presente Ordenanza y anexos que forman parte seran publicados en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), para su conocimiento y difusion. Articulo 8º.- ENCARGAR; a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y demas areas pertinentes, el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo 9º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 691870-1

Declaran de necesidad publica la intervencion, recuperacion y apertura de derechos de vias de las principales vias metropolitanas, aprobadas por Ordenanza Nº 341-MML
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046 Ate, 31 de agosto de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de agosto del 2011, el Dictamen Nº 010-2011-MDA/CDU y OP la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, Informe Nº 632-2011-MDA/GAJ la Gerencia de Asesoria Juridica, Informe Nº 122-2011-MDA/GDU la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos de interes publico, vecinal o institucional que expresan la voluntad del Organo de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una determinada conducta o MORDAZA institucional; Que, el Sistema Vial Metropolitano aprobado mediante por Ordenanza Nº 341-MML aprueba el plano y secciones viales de las vias metropolitanas, algunas de las cuales se ubican dentro de la jurisdiccion del Distrito de Ate, siendo de MORDAZA importancia la apertura de ellas para su incorporacion a la red vial principal y sistema de comunicacion entre los vecinos de los diferentes sectores del Distrito, permitiendo con ello ademas la ejecucion de la infraestructura y pavimentacion, la ejecucion de los servicios basicos y su interconexion a las redes principales, entre otras; imposibilitando su falta de conexion alcanzar las metas trazadas en el ambito de la gestion para el desarrollo MORDAZA y capacidad de circulacion plena para los vecinos, convirtiendose en una necesidad de caracter publico en bienestar a la comunidad del Distrito; Que, la Municipalidad Distrital de Ate viene gestionando ante diferentes entidades del Estado y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la ejecucion de la vias principales del Distrito, siendo necesaria para determinar la viabilidad

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