NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (18/09/2011)
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TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 18 de setiembre de 2011 450159 manera paralela al lindero que le sirve de referencia. El área entre el lindero y el límite de edifi cación, forma parte del área libre que se exige en los parámetros urbanísticos edifi catorios. Zonas Urbanas Consolidadas: Aquellas ubicadas en el distrito de Santiago de Surco constituidas por edifi caciones que cuentan con servicios públicos instalados y obras de infraestructura básica de una habilitación urbana regulada por Ley; es decir que cuenten con obras de accesibilidad (pistas y veredas), agua, desagüe o alcantarillado y servicios de alumbrado público. El nivel de consolidación será del 95% del total del área útil del predio matriz. Zonifi cación: Es el conjunto de normas urbanísticas que regulan el uso del suelo en función de las demandas físicas, económicas y sociales de la población, permitiendo la localización compatible, equilibrada y armónica de sus actividades. TÍTULO II CONSTANCIA DE POSESIÓN E IMPRESIÓN DE PLANO Artículo 5.- ORGANO COMPETENTE: El órgano competente para expedir la Constancia de Posesión e impresión de Plano, en virtud a las consideraciones establecidas en la presente Ordenanza, es la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, debiéndose expedir ambos documentos dentro del plazo de 30 días hábiles de presentada la solicitud, los mismos que son irrecurribles. Artículo 6.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA CONSTANCIA DE POSESION E IMPRESIÓN DE PLANO: 1. Solicitud dirigida al Alcalde fi rmada por el administrado. 2. Estar declarado el predio en esta corporación por un período mínimo de 1 año a la fecha de la solicitud y no tener deudas tributarias pendientes. 3. Memoria Descriptiva suscrita y fi rmada por Arquitecto o Ingeniero Civil. 4. Plano de Ubicación esc. 1/500 y localización 1/5000 y 1/10000 fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil. 5. Plano perimétrico de acuerdo a campo a esc. 1/50 o 1/100 indicando medidas perimétricas, área y ángulos, con coordenadas UTM-WGS84 fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil. 6. Plano de distribución del inmueble a esc. 1/50 o 1/100, fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil. 7. Pago por derecho de Trámite. 8. Declaración Jurada de Habilitación Profesional del Arquitecto o Ingeniero Civil que fi rma la documentación técnica. TÍTULO III DE LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN EN VÍA DE REGULARIZACIÓN Artículo 7.-ÓRGANOS COMPETENTES: El órgano competente para conocer los procedimientos normados en el presente título en aspectos administrativos y técnicos es la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones Urbanas, la que resolverá en Primera Instancia, y la Gerencia de Desarrollo Urbano emitirá pronunciamiento en Segunda Instancia. Artículo 8.- SUJETOS DE ACOGIMIENTO: Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en la presente norma, todas las personas naturales o personas jurídicas que sean propietarias, posesionarías y/o adjudicatarias de las edifi caciones ubicadas en Áreas de Tratamiento Normativo I, II, parte del III del distrito de Santiago de Surco señalados en el Anexo I y II. Artículo 9.- REQUISITOS: El procedimiento administrativo para el otorgamiento de la Licencia de Edifi cación en vía de Regularización, se inicia con la presentación de los siguientes documentos: a) Formulario Único de Edifi cación (FUE).- Documento que debe ser llenado y suscrito en cinco juegos (3 originales y 2 copias) por el administrado y los profesionales responsables del proyecto. b) Formulario Único (FUE - Anexo A).- Documento que debe ser llenado y suscrito en cinco juegos (3 originales y 2 copias) por los condóminos y los profesionales responsables del proyecto, de ser caso. c) Documentos de Propiedad.- Copia simple de Título de Propiedad, o Constancias de Posesión e Impresión de Plano, con indicación de áreas, linderos y afectación vial (expedidos al amparo de la presente Ordenanza), o Certifi cados de Adjudicación otorgados por el Presidente de la Urbanización, Asociación, y Asentamientos Humanos que acredite la transferencia defi nitiva de propiedad, de ser el caso vigencia de poder, u Original o Copia Literal de Ficha o Partida Registral del inmueble expedida por el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) con una antigüedad no mayor a 30 días calendario, copia de Minutas o Escrituras Públicas de transferencia, tanto de el o los propietarios actuales del predio como de el o los propietarios que lo transfi rieran, o cualquier otro documento que acredite el derecho de propiedad sobre el inmueble materia del trámite. Asimismo, en caso que el trámite sea iniciado a través de Representante Legal o Apoderado, éste debe acreditar su condición y facultades ante esta Corporación. En los casos que un predio se encuentre dentro del Régimen de Propiedad Exclusiva y Común, deberá adjuntar Autorización de la Junta de Propietarios y Reglamento Interno. Los predios que no cuenten con Reglamento Interno y Junta de Propietarios, podrán presentar Declaración Jurada con fi rmas legalizadas de las 2/3 partes de los propietarios y/o posesionarios de las unidades de vivienda que conforman la edificación, en el que conste su conformidad por las obras ejecutadas a Regularizar. d) Memoria Descriptiva.- Informe de la ubicación, forma, área, medidas, uso y estado de terminación y de conservación del predio en trámite, así como de su proceso de independización de predios mayores (de ser el caso) y de construcción; fi rmado por el profesional Responsable de la edifi cación. e) Declaración Jurada del Profesional Responsable de la obra a regularizar, según modelo extendido por esta Corporación. f) Copia de la Declaratoria de Fábrica o Licencia Anterior y de sus correspondientes planos, en caso de no encontrarse en el Archivo de esta Corporación, de ser el caso. De no existir planos de Declaratoria de Fábrica deberá presentar esquela de observaciones de SUNARP que indique la no existencia de planos, y deberá hacer un levantamiento de la edifi cación según la Declaratoria de Fábrica inscrita. g) Hoja de Cálculo del Valor Unitario de Construcción, según modelo otorgado por la Municipalidad de Santiago de Surco y de ser el caso, presupuesto con formato libre para obras de remodelación, demolición, etc. h) Declaración Jurada de Habilitación Profesional.- Declaración suscrita por el profesional responsable, en la que se consigne los datos técnicos y el tipo de edifi cación a regularizar, así como la habilidad profesional. i) Juego de Planos. Plano de Ubicación (con cuadro Comparativo y de áreas, sección de las vías y esquema de localización), Planos de arquitectura de plantas, incluido el plano de Techos (totalmente amobladas), cortes (mínimo 2 transversales, 1 por escalera) y elevaciones, a nivel de proyecto y escala mínima de 1/75, suscrito por el administrado y con fi rma y sello del profesional responsable del proyecto. j) Pago por los derechos correspondientes. k) Formatos de Hoja Resumen y Predio Urbano (HR y PU), con las áreas declaradas y actualizadas a regularizar. La recepción del expediente está condicionada al cumplimiento de la totalidad de requisitos señalados en el presente artículo.