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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de abril de 2012 464040 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2012 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 058-2012-INGEMMET/PCD Lima, 11 de Abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en el diario ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y Dirección de Catastro Minero; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de Marzo de 2012, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMEET 774928-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Designan Responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio las ofertas de empleo del SERNANP RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 71-2012-SERNANP Lima, 4 de abril de 2012 VISTO: El Informe N°087-2012-SERNANP-OA del 29 de marzo del 2012, mediante el cual la Jefa (e) de la Ofi cina de Administración del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP solicita se emita la Resolución Presidencial que designe al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo del SERNANP ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27736, se aprueba la Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales, cuyo artículo 1° dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7 programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, que aprueba las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa “Red CIL Proempleo” proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televisión del Perú la información vinculada con la oferta de trabajo del sector público y privado, a efectos del cumplimiento del artículo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que será difundida por Canal 7 y Radio y Televisión del Perú, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el artículo 2º del precitado dispositivo legal señala que todo organismo público y empresa del Estado está obligado a remitir al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con excepción de los clasifi cados como de confi anza, conforme a la normatividad legal vigente; Que, asimismo, el citado artículo, establece la obligación de los organismos públicos y empresas del Estado de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red CIL Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante resolución del titular de la entidad, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, conforme a lo establecido en el artículo 20° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, la Ofi cina de Administración es el órgano de apoyo responsable de la oportuna y adecuada gestión de los recursos humanos, fi nancieros y materiales, razones por las cuales es pertinente, por su competencia funcional, que el funcionario responsable ante el Programa Red CIL Proempleo sea el Jefe de la Ofi cina de Administración o quien éste delegue; Que, mediante Resolución Presidencial N° 245-2010- SERNANP del 30 de diciembre de 2010, se conformaron las Unidades Operativas Funcionales de la Ofi cina de Administración, encontrándose entre ellas la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos; Que, mediante el documento del visto, la Jefa (e) de la Ofi cina de Administración propone que el Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos, sea el encargado de remitir las ofertas de empleo del SERNANP ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en ese sentido, resulta menester ofi cializar la designación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, sobre disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales; Con las visaciones de la Secretaría General, Ofi cina de Administración y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las atribuciones conferidas en los literales i) y l) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Recursos Humanos del SERNANP, como responsable de remitir a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio