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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (20/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464584 • Carrera Profesional de Educación Artística – Música • Carrera Profesional de Músico Profesional, en las especialidades de: - Interpretación Musical – Canto - Interpretación Musical – Dirección Musical - Interpretación Musical – (con la mención respectiva del instrumento): - Interpretación en Piano - Interpretación en Guitarra - Interpretación en Clarinete - Interpretación en Flauta Traversa - Interpretación en Flauta Dulce - Interpretación en Órgano - Interpretación en Eufonio - Interpretación en Saxofón - Interpretación en Percusión - Interpretación en Arpa - Interpretación en Tuba - Interpretación en Trombón - Interpretación en Corno - Interpretación en Trompeta - Interpretación en Fagot - Interpretación en Oboe - Interpretación en Contrabajo - Interpretación en Violonchelo - Interpretación en Viola - Interpretación en Violín - Interpretación en Quena - Interpretación en Charango Las carreras profesionales antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones de sus especialidades respectivas, para su inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñarán en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 777254-2 Declaran que la Escuela Superior de Formación Artística Pública Pilcuyo - Ilave de Puno ha organizado el plan de estudio de la carrera que imparte de acuerdo a la Ley Universitaria y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas aprobada por Res. Nº 599- 2011-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0374-2012-ANR Lima, 2 de abril de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios (i) Ofi cio Nº 063-DG-ESFAP-PILCUYO, de fecha 26 de setiembre de 2011, (ii) Ofi cio Nº 073-DG- ESFAP-PILCUYO-2011, de fecha 17 de octubre de 2011, y (iii) Ofi cio Nº 007-2012-ESFAP-PILCUYO, de fecha 18 de enero de 2012, (iv) informe Nº 078-2012-DGDAC, de fecha 27 de febrero de 2012,(v) memorando Nº 252-2012-SE, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29776, se modifi có los alcances del artículo 99º de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, incorporando entre ellos, la Escuela Superior de Formación Artística Pública Pilcuyo – Ilave de Puno; estableciendo que mantiene el régimen académico, de gobierno, y de economía establecidos por las leyes que la rigen y tienen los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Nº 23733, para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, que son válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cios de vistos, el Director General (e) de la Escuela Superior de Formación Artística Pública Pilcuyo – Ilave de Puno, en el marco de la Ley antes citada, presenta el plan de estudio de la Carrera de Artista Profesional especialidad Música, para su evaluación y adecuación al rango universitario; Que, mediante informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la ANR, informa que el plan de estudio de la carrera que imparte la citada Casa Superior de Estudios, ha sido elaborado en base a las disposiciones establecidas por el artículo 23º de la Ley Nº 23733 y lo normado por la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la referida Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR de fecha 03 de junio de 2011, cuyo objetivo es la adecuación de los centros educativos a la Ley Nº 23733; por lo que procede expedir la correspondiente resolución; Que, con memorando 252-2012-SE, de fecha 7 de marzo de 2012, la Secretaria Ejecutiva, dispone la elaboración de una resolución declarando que la mencionada Escuela Superior ha organizado su plan de estudio de la carrera que imparte de acuerdo a Ley; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Formación Artística Pública Pilcuyo – Ilave de Puno, ha organizado el respectivo plan de estudio de carrera que imparte, en concordancia a lo establecido en el artículo 23º de la Ley Universitaria Nº 23733 siguiendo las disposiciones señaladas en la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la misma Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia expedito para su ejecución: • Carrera de Artista Profesional especialidad Música La carrera profesional antes citada conduce al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas. Artículo 2º.- Disponer que los Programas de Complementación Curricular se diseñarán y ejecutarán en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el Diario Ofi cial El Peruano; y transcribir a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 777254-3