Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2012 (20/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

464585

Declaran que la Universidad Tecnologica del Peru ha cumplido con lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de programa de maestria
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0377-2012-ANR
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio N° 011-2012-SG-UTP, de fecha 10 de febrero de 2012; el informe Nº 093-2012-DGDAC, de fecha 14 de marzo de 2012, el memorando Nº 306-2012-SE, de fecha 21 de marzo de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas establecidas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribucion de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, por Resolucion Nº 1080-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, se aprobo la creacion y funcionamiento de la Escuela de Posgrado en la Universidad Tecnologica del Peru con sede en la MORDAZA de Lima; precisandose en el articulo 2º de la referida resolucion que para la creacion y funcionamiento de nuevos programas de maestria y doctorado en la citada Escuela de Posgrado, debera coordinarse previamente con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, dentro del precitado MORDAZA legal, mediante oficio de vistos, el Secretario General de la Universidad Tecnologica del Peru informa que con Resolucion Rectoral Nº 017-2012/R-UTP la citada MORDAZA Superior de Estudios ha creado el Programa de Maestria en Gestion de Servicios de Tecnologia de la Informacion; remitiendo para tal efecto el correspondiente Plan de Estudio; Que, con informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, informa que ha evaluado el referido Plan de Estudio, verificando en el mismo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, articulo 24º y los incisos e) y f) del articulo 92º, opinando favorablemente a la emision de la resolucion correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se declare que la Universidad Tecnologica del Peru ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 24º y 92º, incisos e) y f) de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento del programa de Maestria en Gestion de Servicios de Tecnologia de la Informacion; De conformidad con la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la Universidad Tecnologica del Peru ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 24º y 92º, incisos e) y f) de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento del programa de Maestria en Gestion de Servicios de Tecnologia de la Informacion; quedando en consecuencia aprobado para su funcionamiento en su Escuela de Posgrado.

Articulo 2º.- Disponer la transcripcion de la presente Resolucion a las Areas del Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores, para los fines que dispone la Ley. Articulo 3.- Publicar la presente resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

777254-4

Declaran que la Universidad Privada de Tacna ha cumplido lo previsto en la Ley Universitaria respecto a la creacion y funcionamiento de Secciones de MORDAZA Especialidad
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0379-2012-ANR
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los oficios N° 448-2010-UPT-REDO/SG, de fecha 22 de setiembre de 2010; y Nº 453-2011-UPT-REDO/SG, de fecha 22 de setiembre de 2011; el informe Nº 194-2011DGDAC, de fecha 29 de diciembre de 2011; el memorando Nº 0019-2012-SE, de fecha 06 de enero de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones especificas establecidas en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad requieren de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores y asimismo es atribucion de esta MORDAZA concordar los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios y la unificacion de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho de cada universidad a establecer la curricula y requisitos adicionales propios; Que, dentro del MORDAZA legal precitado, mediante oficios de vistos la Secretaria General de la Universidad Privada de Tacna remite a la Asamblea Nacional de Rectores la documentacion correspondiente a la creacion de secciones de MORDAZA Especialidad en la Facultad de Ciencias Empresariales, Facultad de Educacion, Ciencias de la Comunicacion y Humanidades, Facultad de Arquitectura y Urbanismo; Que, asimismo, de la documentacion alcanzada, se tiene que dentro de las indicadas secciones de Facultad, la Universidad Privada de Tacna organiza el funcionamiento de determinados programas de MORDAZA Especialidad; Que, con informe de vistos, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, informa que ha evaluado los planes de estudio de las Segundas Especialidades propuestas y en base a ello opina favorablemente a la emision de la resolucion correspondiente; en virtud a que la Universidad Privada de Tacna ha cumplido con lo establecido en los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboracion de una resolucion por la que se apruebe la creacion y funcionamiento de secciones de MORDAZA

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