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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de abril de 2012 464583 con organizar sus plan de estudios de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a Ley; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Asociación Seminario Evangélico de Lima, con sede en la ciudad de Lima, ha organizado los respectivos planes de estudio de las carreras profesionales que imparte de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733 y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la ya mencionada Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobado para su ejecución: • Carrera Profesional de Ministerio Pastoral • Carrera Profesional de Teología • Carrera Profesional de Gestión Educativa • Carrera Profesional de Educación Religiosa Las carreras profesionales antes citadas conducen al grado académico de bachiller y al título de licenciado con las menciones respectivas. Artículo 2º.- Establecer que los Programas de Complementación Curricular se diseñaran y ejecutarán en base a los Programas de Adecuación aprobados por la presente resolución. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en la página web de la Institución y en el diario ofi cial El Peruano; y transcribir a las áreas del Registro Nacional de Grados y Títulos, y de Carnés Universitarios de la Secretaría General de la Institución, para los fi nes que dispone la Ley. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 777254-1 Declaran que la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Ernesto López Mindreau”, ha organizado los planes de estudio de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a la Ley Universitaria y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas aprobada por Res. Nº 599-2011-ANR COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 0371-2012-ANR Lima, 2 de abril de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 211.2011.D.G.ESFAP“ELM”-CH, de fecha 17 de octubre de 2011, y Nº 255.2011.D.G.ESFAP“ELM”- CH, de fecha 27 de diciembre de 2011, informe Nº 041- 2012-DGDAC, de fecha 26 de enero de 2012, memorando Nº 148-2012-SE, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29776, se modifi ca el artículo 99º de la Ley Nº 23733 – Ley Universitaria, incorporando en sus alcances a Centros Superiores de Arte y Música, como son entre otras, la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Ernesto López Mindreau”, con sede en la ciudad de Chiclayo; estableciendo que mantiene el régimen académico, de gobierno, y de economía establecidos por las leyes que la rigen y tienen los mismos deberes y derechos que confi ere la Ley Nº 23733, para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, que son válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado; debiendo ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cios de vistos, la Directora General de la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Ernesto López Mindreau”, en el marco de la Ley antes citada, presenta los siguientes planes de estudio de las carreras profesionales que imparten, para su evaluación y adecuación al rango universitario: • Carrera Profesional de Educación Artística – Música • Carrera Profesional de Músico Profesional, en las especialidades de: - Interpretación Musical – Canto - Interpretación Musical – Dirección Musical - Interpretación Musical – (con la mención respectiva del instrumento): - Interpretación en Piano - Interpretación en Guitarra - Interpretación en Clarinete - Interpretación en Flauta Traversa - Interpretación en Flauta Dulce - Interpretación en Órgano - Interpretación en Eufonio - Interpretación en Saxofón - Interpretación en Percusión - Interpretación en Arpa - Interpretación en Tuba - Interpretación en Trombón - Interpretación en Corno - Interpretación en Trompeta - Interpretación en Fagot - Interpretación en Oboe - Interpretación en Contrabajo - Interpretación en Violonchelo - Interpretación en Viola - Interpretación en Violín - Interpretación en Quena - Interpretación en Charango Que, mediante informe Nº 041-2012-DGDAC, de fecha 26 de enero de 2012, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa que los citados planes de estudio de las carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Ernesto López Mindreau” han sido elaborados basándose en los criterios establecidos por el artículo 23º de la Ley Nº 23733 y las normas establecidas por la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la referida Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR de fecha 03 de junio de 2011; por lo que procede expedir la correspondiente Resolución de aprobación; Que, mediante memorando N° 148-2012-SE, de fecha 7 de febrero del 2012, la Secretaría Ejecutiva dispone la elaboración de una resolución, aprobando los respectivos planes de estudio de las carreras profesionales que imparte la mencionada Escuela Superior; Estando a lo autorizado por la Alta Dirección; De conformidad con la Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de Formación Artística Pública “Ernesto López Mindreau”, con sede en la ciudad de Chiclayo, ha organizado los respectivos planes de estudio de las carreras profesionales que imparten, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733 y la Guía de Adecuación de Instituciones Educativas de la ya mencionada Ley, aprobada por Resolución Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobados para su ejecución: