Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2012 (30/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, prescribe que la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 9, numeral 8 de la Ley Nº 27972, senala que le corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, segun el articulo 26 de la Ley Nº 27972, la administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control recurrente y posterior. Asimismo, las facultades y funciones se establecen en los instrumentos de gestion y en la citada ley; Que, en concordancia con lo establecido en el articulo 9, numeral 3 de la MORDAZA acotada, segun el cual el Concejo Municipal aprueba el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local; debe considerarse que, mediante Ordenanza Nº 347/MM se aprobo la nueva estructura organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de Miraflores; instrumento elaborado de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones, por parte de las entidades de la Administracion Publica; Que, por otra parte, con la Ordenanza Nº 351/MM se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad de Miraflores; el mismo que se elaboro de acuerdo a los parametros contenidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, por parte de las entidades del Sector Publico; Que, a traves del Memorandum Nº 50-12-GE/MM la Gerencia de Educacion solicita que se dejen sin efecto las funciones que venia desarrollando tal unidad organica en base al Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa, por haber culminado dicho MORDAZA, siendo necesario modificar el ROF asi como la denominacion de la referida area; Que, al respecto la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, a traves del Informe Tecnico Nº 22-2012SGRE-GPP/MM de fecha 30 de marzo de 2012, senala que la Gerencia de Desarrollo Humano, mediante Memorandum Nº 206-2012-GDH/MM del 27 de marzo de 2012, ha cumplido con presentar la propuesta de modificacion referida, que incluye las funciones propias de la Gerencia de Educacion; Que, en ese contexto, la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica senala que como consecuencia de la emision del Decreto Supremo Nº 019-2011-ED se da por finalizado el Plan Piloto de Municipalizacion de la Gestion Educativa de los niveles educativos de Inicial y Primaria y del Nivel MORDAZA, por lo que resulta necesario modificar el ROF de la entidad a fin de dejar sin efecto las funciones inherentes al Plan Piloto referido, que estaban a cargo de la Gerencia de Educacion, entre otras areas organicas. Asimismo, propone se incorporen algunas funciones que eran propias de la Gerencia de Educacion a la Gerencia de Desarrollo Humano, por corresponder los servicios educativos al desarrollo humano; asi como tambien senala que, por efecto de dicha propuesta de modificacion, deberan trasladarse los cargos de la Gerencia de Educacion, contenidos en el CAP, a la Gerencia de Desarrollo Humano. Por ello, de acuerdo al anexo respectivo que propone, opina favorablemente respecto de la modificacion de la estructura organica, asi como del ROF y CAP mencionados; Que, por su parte, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto mediante Informe Nº 012-2012-GPP/MM, de fecha 30 de marzo de 2012, expresa su conformidad con el Informe Tecnico y el anexo indicados anteriormente,

manifestando su opinion favorable acerca de la propuesta de modificacion de la estructura organica, al igual que del ROF y CAP anteriormente indicados; Que, a mayor sustento la Gerencia de Asesoria Juridica con el Informe Legal Nº 185-2012-GAJ/MM, de fecha 4 de MORDAZA de 2012, concluye que de acuerdo a los dispositivos legales aplicables opina favorablemente respecto a la propuesta de modificacion referida en lineas precedentes, toda vez que la estructura organica asi como los instrumentos tecnicos de gestion (ROF y CAP), deben encontrarse acorde con lo dispuesto en la normatividad vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 9, numeral 8, y articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo, por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LAS ORDENANZAS Nº 347/MM Y 351/MM REFERIDAS A LA ESTRUCTURA ORGANICA Y AL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES ASI COMO EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Articulo Primero.- Aprobar la modificacion de las Ordenanzas Nº 347/MM y 351/MM con el fin de modificar la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF, en lo concerniente a las atribuciones de laS Gerencias de Administracion y Finanzas, Desarrollo Humano y de Sistemas y Tecnologias de la Informacion, y de la Subgerencia de Recursos Humanos, asi como modificar el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Municipalidad de Miraflores, respectivamente; de acuerdo al texto contenido en el Anexo A y el Cuadro de la Estructura Organica que en adjunto forman parte integrante del presente dispositivo, y de conformidad a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- Precisar que la Gerencia de Educacion no formara parte de la Estructura Organica de la Municipalidad de Miraflores, debiendo considerarse que las funciones que le eran propias seran asumidas por la Gerencia de Desarrollo Humano, de conformidad a las modificaciones aprobadas en virtud del Articulo Primero de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, y a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, a traves de la Subgerencia de Racionalizacion y Estadistica, el cumplimiento de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del dispositivo que se aprueba, en el Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicacion asi como del Anexo A y el Cuadro de la Estructura Organica que contiene, en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional (www. miraflores.gob.pe), en la misma fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano conforme a ley. Articulo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 782775-1

Establecen reduccion temporal de la tasa por licencia de funcionamiento a favor de mercados de abastos del distrito y/o establecimientos individuales que los integran
ORDENANZA Nº 380/MM Miraflores, 26 de MORDAZA de 2012

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