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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 15 de agosto de 2012 472735 el Ministerio de Educación hasta la autorización de funcionamiento provisional”; Con fecha 11 de julio de 2012, los integrantes de la Comisión Organizadora de la UNTECS, Dr. Samuel Quiroz Juárez, Presidente Comisión Organizadora, Dra. Roxana del Carmen Medina Rojas, Vicepresidente Académico, Dr. Percy Che Piu Salazar, Vicepresidente Administrativo, presentaron ante este Consejo Nacional su renuncia irrevocable a los cargos que venían ejerciendo en la citada casa de estudios. Que, ante la renuncia de los miembros de la Comisión Organizadora y la situación de ingobernabilidad que asolaba a la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima-UNTECS, el Pleno del CONAFU, por Resolución Nº 328-2012-CONAFU de fecha 12 de julio de 2012, resolvió entre otros, , lo siguiente: ¨… Artículo Segundo: Aceptar la renuncia de los integrantes de la Comisión Organizadora de la UNTECS, Dr. Samuel Quiroz Juárez, Presidente Comisión Organizadora, Dra. Roxana del Carmen Medina Rojas, Vicepresidente Académico, Dr. Percy Che Piu Salazar, Vicepresidente Administrativo, con efectividad a la designación y asunción del cargo de los nuevos miembros de la Comisión Organizadora que este Consejo Nacional realice; Artículo Tercero: Declarar la vacancia de los cargos de Presidente de Comisión Organizadora, Vicepresidente Académico y Vicepresidente Administrativo de la UNTECS; (…) Artículo Quinto: Otorgar Facultades al Presidente del CONAFU a fi n de que implemente los mecanismos que permitan solucionar los problemas de la UNTECS.¨ Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Presidente del CONAFU, Wilson Rolando Reátegui Chávez, en el artículo quinto de la Resolución Nº 328- 2012 de fecha 12 de julio de 2012, luego de la evaluación de los requisitos que deben de cumplir los integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima-UNTECS, expide la presente resolución. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU, que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los miembros integrantes de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima-UNTECS, de acuerdo a la siguiente composición: Dr. Segundo Castinaldo Vargas Tarrillo, Presidente; Dr. Pedro José Rodenas Seytuque, Vicepresidente Académico; y, Dr. Juan Valeriano Castillo Maza, Vicepresidente Administrativo. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente JORGE LUÍS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General 826984-1 Reconocen responsables de carreras profesionales de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci RESOLUCIÓN Nº 350-2012-CONAFU Lima, 18 de julio de 2012 “UNIVERSIDAD PRIVADA LEONARDO DA VINCI” VISTOS: La Resolución Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de abril de 2010, la Resolución N° 538-2011- CONAFU de fecha 03 de noviembre de 2011, la Resolución N° 498-2009-CONAFU de fecha 15 de octubre de 2009, el Ofi cio N° 018-2012-UPD/PCO recibido con fecha 21 de junio de 2012 , Ofi cio N° 792-2012-CONAFU-CDAA de fecha 09 de julio de 2012,y el Acuerdo Nº 452-2012- CONAFU de la Sesión Ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 18 de julio de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del país bajo su competencia; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el artículo 23º establece que: “Responsables de Carrera Profesional y Coordinadores de Facultad. Para el inicio de las actividades académicas el CONAFU emitirá opinión favorable para la designación por la Comisión Organizadora de los Responsables de las Carreras Profesionales; Que, en el artículo 37° de la Ley N° 23733 - Ley Universitaria establece: “El gobierno de facultad corresponde al Consejo de Facultad y al Decano, de acuerdo a las atribuciones que señala el Estatuto. El Decano representa a la Facultad entre los profesores principales que tengan diez años de antigüedad en la docencia, de los cuales tres deben serlo en la categoría y deben tener el grado de Doctor o magister en la especialidad (…)”; Que, por Resolución Nº 202-2010-CONAFU de fecha 08 de abril de 2010, se resolvió: Otorgar la Autorización Provisional de Funcionamiento a la Universidad de Negocios y Tecnologías de Información, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la ciudad y provincia Trujillo, departamento de La Libertad; con las siguientes Carreras Profesionales: 1).- Administración de Servicios, 2).- Contabilidad y Finanzas, 3).- Derecho Empresarial ,4).- Marketing y Negocios Internacionales y 5).- Ingeniería en Tecnología y Sistemas de Información, cada una con 40 vacantes por Ciclo Académico; Que, por Resolución N° 538-2011-CONAFU de fecha 03 de noviembre de 2011, se resolvió: Autorizar el cambio de denominación de la Universidad de Negocios y Tecnologías de Información SAC por Universidad Privada Da Vinci SAC; Que, por Resolución N° 498-2009-CONAFU de fecha 15 de octubre de 2009, resuelve: Modifi car el artículo 24° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades, bajo competencia del CONAFU ,aprobado por Resolución N° 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005,quedando redactado de la siguiente manera: Artículo 24°:-“El responsable de Carrera Profesional o Coordinador de Facultad deberá acreditar los siguientes requisitos: Tener diez años de antigüedad en la docencia universitaria, de los cuales tres deben serlo en la categoría de principal o asociado; debe tener el grado de Magíster o Doctor en la especialidad o el más alto título profesional cuando en el país no se otorgue dicho grado en la especialidad; y su dedicación debe ser a tiempo completo” ; Que, mediante Ofi cio N° 018-2012-UPD/PCO recibido con fecha 21 de junio de 2012, el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci, solicitó’ reconocer como responsables de carreras a los siguientes profesionales: Mg. Luis Augusto Rodríguez Donet, como responsable de la carrera de Contabilidad y Finanzas, Mg. Braulio Jesús Zavaleta Velarde, como responsable de la carrera de Derecho Empresarial, Mg. Marco Antonio Honorio Acosta, como responsable de la carrera de Marketing y Negocios Internacionales, Mg. Segundo Miguel Ramírez Córdova, como responsable de la carrera de Ingeniería de Tecnologías de Información y Sistemas, Mg. José Alfredo Castañeda Nassi, como responsable de la carrera de Administración; Que, mediante Ofi cio N° 792-2012-CONAFU-CDAA de fecha 09 de julio de 2012,la Comisión Académica dio a conocer que el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci, solicita el reconocimiento de los responsables de carrera profesionales, la misma que luego de haber sido