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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de diciembre de 2012 480124 FLOTA VEHICULAR: N Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 CHEVROLET SAIL AUTOMÓVIL (M1) LSGSA58M7CY064718 LCU112450011 2011 D7I-666 Artículo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Cuarto.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES LOS PROFESIONALES SAC, los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 870942-1 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director Ejecutivo suplente del Programa Nacional de Saneamiento Urbano RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 273-2012-VIVIENDA Lima, 5 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 120-2012- VIVIENDA, se designó en calidad de suplente, al señor César Raúl Burga Guerrero, como Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en tanto se designe a su titular; Que, dicha persona ha presentado renuncia al cargo para el que fue designado, por lo que corresponde aceptarla; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia del señor César Raúl Burga Guerrero, como Director Ejecutivo suplente del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 875036-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban modificación del “Formato Único para la presentación del Informe de Actividades Asistenciales o Educacionales del Registro de IPREDA” y aprueban la “Guía de Modificaciones al Formato Único para la presentación del Informe de Actividades Asistenciales o Educacionales 2012 del Registro de IPREDA” RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 132-2012/APCI-DE Mirafl ores, 3 de diciembre de 2012 VISTOS: Los Memorandos Nº 838-2012/APCI-DOC y Nº 855-2012/APCI-DOC, de fechas 12 y 22 de noviembre de 2012, respectivamente, ambos emitidos por la Dirección de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y sus antecedentes. CONSIDERANDO: Que, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) es el ente rector de la cooperación técnica internacional responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado en función de la política nacional de desarrollo, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la APCI, y sus modifi catorias; Que, de conformidad con lo establecido en el literal m) del artículo 4º de la mencionada Ley, la APCI tiene, entre otras funciones, la facultad de conducir y actualizar el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA); Que, conforme a la Directiva Nº 001-2010/APCI- DOC “Directiva que establece los Procedimientos para la Inscripción, Renovación de Vigencia, Cambio de Denominación Social y Baja en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI)”, aprobada por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 028-2010/APCI-DE, de fecha 22 de marzo de 2010, las instituciones que se inscriban en el “Registro de IPREDA” deberán presentar en enero de cada año un informe de Actividades Asistenciales o Educacionales realizadas en el año precedente y sobre cualquier modifi cación al Estatuto, a la nómina del Consejo Directivo, representante Legal y/o domicilio legal; Que, a través del artículo 3º de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 011-2009/APCI-DE, se aprobó la Directiva Nº 003-2009-APCI/DOC: “Directiva que regula el procedimiento para la presentación de la Declaración Anual de Actividades Asistenciales o Educacionales, ante la APCI”; Que la referida Directiva establece que las entidades obligadas a presentar la mencionada Declaración Anual deberán remitirla a través del “Formato Único para la presentación del Informe de Actividades Asistenciales o Educacionales del Registro de IPREDA”, el mismo que fue modifi cado a través de las Resoluciones Directorales Ejecutivas Nº 112-2009/APCI-DE, Nº 114-2010/APCI-DE y Nº 121-2011/APCI-DE, de fechas 30 de diciembre de 2009, 29 de diciembre de 2010 y 16 de diciembre de 2011, respectivamente;