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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (12/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 12 de diciembre de 2012 480607 Que, la peticionaria ha presentado la Declaración Jurada a través de la cual se compromete a elaborar un Estudio Ambiental, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, antes del inicio de los trabajos de exploración, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del artículo 12 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, Eco Energy S.A.C. ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 440-2012-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, concordado con los artículos 15 y 59 de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de Eco Energy S.A.C., que se identifi cará con el Expediente N° 12266610, para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Pinaya IV, ubicada en el distrito de Santa Lucia, provincias de Lampa, departamento de Puno. Artículo 2º.- Eco Energy S.A.C. deberá efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminación de la Fase I. Artículo 3º.- La titular está obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Título IX, Protección Ambiental, de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, la presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de su notifi cación, y entrará en vigencia desde el día de su publicación, conforme al artículo 15 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. IRIS CÁRDENAS PINO Directora General (e) Dirección General de Electricidad 876816-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 240-2012-EM/DGE Lima, 16 de noviembre de 2012 VISTOS: El Expediente Nº 12267910, organizado por Eco Energy S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12286852 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para realizar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Pinaya V; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 2051934 de fecha 17 de diciembre de 2010, Eco Energy S.A.C. solicitó autorización para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Pinaya V, ubicada en el distrito de Santa Lucía, provincia de Lampa, departamento de Puno, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en los Expedientes; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en los artículos 2 y 13 de la Ley Nº 26848, Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, y en los artículos 7 y 12 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2010-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado la Declaración Jurada a través de la cual se compromete a elaborar un Estudio Ambiental, aprobado por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, antes del inicio de los trabajos de exploración, de acuerdo a lo establecido en el numeral 12.6 del artículo 12 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, Eco Energy S.A.C. ha cumplido con efectuar el pago correspondiente al Derecho de Vigencia, conforme a lo establecido en el artículo 62 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 441-2012-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, concordado con los artículos 15 y 59 de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización a favor de Eco Energy S.A.C., que se identifi cará con el Expediente Nº 12267910, para desarrollar la actividad de exploración de recursos geotérmicos en la zona denominada Pinaya V, ubicada en el distrito de Santa Lucía, provincia de Lampa, departamento de Puno. Artículo 2º.- Eco Energy S.A.C. deberá efectuar las actividades consignadas en el Cronograma, el cual contempla un plazo de veinticuatro (24) meses para la Fase I, computados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y doce (12) meses para la Fase II, computados a partir de la culminación de la Fase I. Artículo 3º.- La titular está obligada a realizar sus actividades cumpliendo con lo establecido en el Título IX, Protección Ambiental, de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos, la presente Resolución Directoral será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde el día siguiente de su notifi cación, y entrará en vigencia desde el día de su publicación, conforme al artículo 15 de la Ley Orgánica de Recursos Geotérmicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. IRIS CÁRDENAS PINO Directora General (e) Dirección General de Electricidad 876817-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Nombran Notario Público del distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0302-2012-JUS Lima, 10 de diciembre de 2012 VISTO, el Informe Nº 093-2012-JUS/CN, de fecha 12 de noviembre de 2012, remitido por la Presidenta del Consejo del Notariado; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe de visto, la Presidenta del Consejo del Notariado pone en conocimiento del