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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 118

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481396 Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados: a)Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b)Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especí¿ cos. Artículo 4º.- Los montos de obra a que se re¿ ere el artículo 2º comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Las Áreas Geográ¿ cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográ¿ ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográ¿ ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográ¿ ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográ¿ ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográ¿ ca 5: Loreto. f) Área Geográ¿ ca 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS Jefe 880777-2 OBRAS DE EDIFICACIÓN ÁREAS Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 1 y 2 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos Edifi cación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) No. M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1,0000 1,0014 1,0014 1,0000 1,0009 1,0009 1,0000 1,0011 1,0011 1,0000 1,0008 1,0008 2 1,0000 1,0007 1,0007 1,0000 1,0002 1,0002 1,0000 1,0009 1,0009 1,0000 1,0002 1,0002 3 1,0000 1,0026 1,0026 1,0000 1,0024 1,0024 1,0000 1,0025 1,0025 1,0000 1,0021 1,0021 4 1,0000 1,0023 1,0023 1,0000 1,0026 1,0026 1,0000 1,0024 1,0024 1,0000 1,0023 1,0023 5 1,0000 0,9993 0,9993 1,0000 0,9980 0,9980 1,0000 0,9997 0,9997 1,0000 0,9985 0,9985 6 1,0000 0,9955 0,9955 1,0000 0,9932 0,9932 1,0000 0,9963 0,9963 1,0000 0,9946 0,9946 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Aceptan renuncia de Superintendente Adjunto del Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 120-2012-SUNASA/S Lima, 19 de diciembre de 2012 VISTO: La Carta s/n de fecha 14 de diciembre de 2012, de renuncia al cargo de Superintendente Adjunto de la SUNASA presentada por el señor abogado Mario Edgar Ríos Barrientos; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 9° de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y ¿ nanciera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), así como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 050-2012-SUNASA/S del 04 de junio de 2012 se designó al señor abogado Mario Edgar Ríos Barrientos en el cargo de con¿ anza de Superintendente Adjunto del Despacho del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, delegándosele las funciones que ahí se establecen; Que, resulta pertinente aceptar la renuncia presentada y revocar las funciones delegadas mediante la citada Resolución; Que, conforme al artículo 9° y literales c), p) y w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 2011-SA, el Superintendente es el funcionario de mayor jerarquía en la institución, organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de la SUNASA; asimismo, designa, suspende o remueve a los trabajadores en cargos de con¿ anza, de acuerdo a la normatividad aplicable y expide las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos, de las funciones delegadas por el Consejo Directivo y de otros dispositivos que por norma legal se establezcan; Con los vistos de la O¿ cina General de Administración y la O¿ cina General de Asesoría Jurídica; y,