Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481635

Que, el articulo 3° del precitado Decreto Supremo, dispone que el Seguro Integral de Salud en su calidad de Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, establecera un sistema de tarifas y mecanismos de pago en el MORDAZA de los convenios de comun acuerdo suscritos con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud ­ IPRESS o de las normas legales vigentes, siendo que el Ministerio de Salud mediante Resolucion Ministerial, senalara los parametros de negociacion para la celebracion de convenios con las IPRES publicas; Que, mediante el Oficio N° 946-2012-SIS-J, el Seguro Integral somete a consideracion del Ministerio de Salud, el proyecto de Resolucion Ministerial que aprobaria los "Parametros de Negociacion para la celebracion de Convenios del Seguro Integral de Salud (SIS) con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRES) Publicas" dentro del MORDAZA de lo establecido en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA; Que, con los documentos del visto, la Direccion de Gestion Sanitaria de la Direccion General de Salud de las Personas y la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emiten opinion tecnica favorable respecto de la propuesta de Resolucion Ministerial que aprobaria los "Parametros de Negociacion para la celebracion de Convenios del Seguro Integral de Salud (SIS) con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRES) Publicas"; Que, en atencion a lo indicado en los parrafos precedentes y a lo dispuesto en el articulo 3° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Contando con el visto del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, del Jefe del Seguro Integral de Salud y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 007-2012-SA y en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- De los parametros de Negociacion. Los parametros de negociacion son los terminos de referencia que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas, y comprenden los siguientes elementos basicos: - El Coeficiente de Ajuste de Riesgo. - El mecanismo de pago. - Las tarifas y/o costos involucrados en la prestacion. - Las metas y resultados nacionales y regionales. Articulo 2º.- Del Coeficiente de Ajuste de Riesgo. Se considera Coeficiente de Ajuste de Riesgo al factor de correccion que busca incorporar en el financiamiento, variables que muestren las reales necesidades poblacionales de cada region. Para la determinacion del Coeficiente de Ajuste de Riesgo se debera tomar en cuenta las siguientes dimensiones: a. Densidad poblacional. b. Estructura demografica. c. Quintiles de ingresos. d. Oferta de servicios de salud. La ponderacion de las dimensiones que componen el Coeficiente de Ajuste de Riesgo sera definida por el Seguro Integral de Salud y la instancia de negociacion. Articulo 3°.- Del mecanismo de pago. El mecanismo de pago comprende la unidad de pago, la modalidad de pago y el valor de referencia. El Seguro

Integral de Salud, en su calidad de IAFAS, establecera los mecanismos de pago, incluyendo el pago capitado, pago por paquetes, pago por servicio u otros, sobre la base de un adecuado sustento tecnico. Articulo 4°.- De las tarifas y/o costos involucrados en la prestacion. Para la negociacion de los convenios se debera tomar en cuenta las tarifas o costos involucrados en la prestacion, en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 5°.- De las metas y resultados nacionales y regionales. Los convenios deben consignar metas de las intervenciones de salud, concordantes con los objetivos y resultados establecidos en las politicas nacionales y regionales de salud. Asimismo, el Seguro Integral de Salud podra, si lo considera pertinente, incluir indicadores, metas y otras herramientas de supervision y control que sirvan para lograr los objetivos del Seguro Integral de Salud como IAFAS publica. Articulo 6º.- De la difusion y comunicacion. Encargar a la Oficina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/ normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 881334-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 290-2012-TR MORDAZA, 20 de diciembre de 2012 VISTOS: El Oficio N° 1687-2012-MTPE/4/11 de fecha 27 de noviembre de 2012, del Jefe de la Oficina General de Administracion; el Informe Nº 1610-2012-MTPE/4/11.2 de fecha 19 de noviembre de 2012, del Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; el Resumen Ejecutivo de fecha 12 de noviembre de 2012, elaborado por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; el Oficio Nº 299-2012-MTPE/4/13, del Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 0001185 del Jefe de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion y el Informe Nº 469-2012-MTPE/4/9.2 del Jefe de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion del Secretario General Nº 005-2012-TR/SG de fecha 19 de enero de 2012, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo ­ Oficina General de Administracion correspondiente al ejercicio fiscal 2012, en el cual se encuentra incluido,

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