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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (21/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481628 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 058-2011, se autoriza de manera excepcional al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, mediante el Fondo de Cooperación Para el Desarrollo Social – FONCODES, a gestionar a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones a la micro y pequeña empresa de uniformes, calzado, chompas y buzos para escolares y su distribución en zonas de pobreza y pobreza extrema a nivel nacional; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792, Ley de creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dispone la adscripción, entre otros, del Fondo de Cooperación Para el Desarrollo Social – FONCODES al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2013, establece la ampliación de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058-2011, hasta el 31 de diciembre de 2013 con la fi nalidad de culminar con el proceso de contratación y distribución de bienes, a través de la modalidad de Núcleos Ejecutores; Que, conforme a lo establecido por el artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, para el caso del Ministerio de Educación los bienes serán recibidos por Comités de Recepción certifi cados por la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL respectiva, los cuales estarán conformados por representantes de padres de familia y la Dirección del Centro Escolar o Coordinación de Programas no Escolarizados de Educación Inicial – PRONOIE; Que, las Unidades de Gestión Educativa Local, según anexo que forma parte de la presente Resolución, han cumplido con certifi car a los Comités de Recepción en las instituciones educativas a su cargo; Que, el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 058- 2011, señala que la acreditación de los Comités de Recepción será formalizada mediante Resolución Ministerial que deberá ser publicada en el portal institucional del Ministerio de Educación, del Ministerio de la Producción y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley N° 26510; el Decreto de Urgencia N° 058-2011; y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acreditar a los Comités de Recepción de las instituciones educativas beneficiarias del Programa de Compras a MYPErú, establecido en el Marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011, de las regiones cuya relación se adjunta como anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- En el caso de los Comités de Recepción acreditados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, que estén conformados por un Director con encargatura hasta el 31 de diciembre de 2012, la recepción de bienes será realizada por el Comité acreditado, siendo conformado, de ser el caso, por el nuevo Director o encargado para el año 2013, lo que se acreditará con la presentación de la Resolución de designación o encargatura correspondiente. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a FONCODES y las Direcciones Regionales de Educación respectivas. Artículo 4.- Disponer que la Ofi cina de Prensa publique la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Educación http:// www.minedu.gob.pe/normatividad/. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 880852-4 ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia y designan Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 115-2012-EM Lima, 20 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, creó a la empresa PERUPETRO S.A., organizada como sociedad anónima de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Sociedades, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 311; Que, el artículo 12 de la Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A., Ley Nº 26225, dispone que el Directorio de PERUPETRO S.A. estará integrado por (5) miembros; cuyo Presidente será designado por Resolución Suprema; Que, habiendo presentado la señora abogada Rosa María Soledad Ortiz Ríos renuncia al cargo de Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A., resulta necesario aceptar la renuncia y designar a su reemplazo; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, la Ley Nº 26225, Ley de Organización y Funciones de PERUPETRO S.A.; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia de la señora abogada Rosa María Soledad Ortiz Ríos al cargo de Presidenta del Directorio de PERUPETRO S.A., dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor ingeniero Luis Enrique Ortigas Cúneo, como Presidente del Directorio de PERUPETRO S.A. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 881337-5 Aceptan renuncia del Viceministro de Energía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 116-2012-EM Lima, 20 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 005-2012-EM, se designó al señor ingeniero Luis Enrique Ortigas Cúneo, en el cargo de Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado;