Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas EDA A. MORDAZA FRANCHINI Ministra de Justicia y Derechos Humanos 881337-2

concordando el caracter unitario y descentralizado del gobierno de la Republica; Que, con Resolucion Suprema Nº 001-2007-ED, se aprobo el "Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educacion que queremos para el Peru" elaborado por el Consejo Nacional de Educacion, expresado en los objetivos estrategicos del mismo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 03692012-ED se aprobaron diez prioridades de la Politica Educativa Nacional 2012 ­ 2016, cuyas metas concretas, indicadores de desempeno y principales estrategias, serian formalizadas en el Plan Estrategico Sectorial Multianual 2012 ­ 2016, que articule las prioridades de politica centrados en los resultados y el aprendizaje; Que, segun el articulo 13 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, la Secretaria de Planificacion Estrategica es responsable de coordinar, integrar, formular, monitorear y evaluar la politica, objetivos y estrategias del Sector Educacion; teniendo entre otras funciones, proponer a la Alta Direccion la politica, objetivos y estrategias sectoriales, en coordinacion con los organos y entidades del Sector Educacion; Que, en este escenario, la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion ha formulado el Plan Estrategico Sectorial Multianual de Educacion (PESEM) 2012 ­ 2016, desde un enfoque participativo protagonizado por los organos de linea del Ministerio de Educacion y los organismos publicos desconcentrados que conforman el Sector; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED; y en el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) del Ministerio de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Plan Estrategico Sectorial Multianual de Educacion (PESEM) 2012 ­ 2016, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- La Secretaria de Planificacion Estrategica, a traves de la Oficina de Planificacion Estrategica y Medicion de la Calidad Educativa, es responsable del seguimiento, evaluacion y difusion del Plan Estrategico Sectorial Multianual de Educacion (PESEM) 2012 ­ 2016. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion 880852-1

EDUCACION
Aprueban el Plan Estrategico Sectorial Multianual de Educacion (PESEM) 2012-2016
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0518-2012-ED MORDAZA, 19 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 9 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece como uno de los fines de la educacion peruana el formar personas capaces de lograr su realizacion etica, intelectual, artistica, cultural, afectiva, fisica, espiritual y religiosa, promoviendo la formacion y consolidacion de su identidad y autoestima y su integracion adecuada y critica a la sociedad para el ejercicio de su ciudadania en MORDAZA con su entorno, asi como el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su MORDAZA con el MORDAZA del trabajo y para afrontar los incesantes cambios de la sociedad y el conocimiento; Que, asimismo, el articulo 79 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, del mismo modo, el articulo 125 del Reglamento de la Ley General de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, establece que es competencia del Gobierno Nacional definir, dirigir, normar y gestionar las politicas nacionales y sectoriales en educacion, ciencia y tecnologia, recreacion y deporte, las cuales se formulan considerando los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales y locales,

Aprueban Directiva "Lineamientos para la prevencion y proteccion de las y los estudiantes contra la violencia ejercida por personal de las Instituciones Educativas"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0519-2012-ED MORDAZA, 19 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1 de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el literal h) del numeral 24 de su articulo 2, establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el Estado, y, que nadie debe ser victima de violencia moral, psiquica o fisica, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes; asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 15, preve que el educando tiene derecho a una formacion que respete su identidad, asi como al buen trato psicologico y fisico;

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