Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas, ademas, la Unica Disposicion Complementaria Final del acotado Decreto Supremo senala que la primera etapa de ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas se inicia en el ano 2011 con la entrega de reparaciones a los beneficiarios inscritos en el Registro Unico de Victimas ­ RUV, conforme a lo dispuesto en el articulo 40º del Reglamento de la Ley Nº 28592 y cuando cumplan las condiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 0512011-PCM; Que, mediante la Centesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, que entro en vigencia el 10 de diciembre de 2011, se autoriza a la Presidencia del Consejo de Ministros a continuar los pagos de las reparaciones economicas establecidas por el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, indicandose, entre otros aspectos, que para ello, los recursos se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas a solicitud del pliego Presidencia del Consejo de Ministros hasta por el monto de CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00) teniendo en cuenta el monto y la edad de los beneficiarios o victimas establecidos en el Decreto Supremo Nº 051-2011-PCM. Para tal efecto el numeral 10.1 del articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, senala que el financiamiento para el pago de las reparaciones economicas se atendera con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2011; Que, posteriormente, mediante el Decreto Supremo Nº 102-2011-PCM, publicado con fecha 31 de diciembre de 2011, se adscribe al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional ­ CMAN, y el Consejo de Reparaciones; consecuentemente, mediante el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, se aprueba el respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, adecuando, entre otros aspectos, las nuevas competencias; Que, adicionalmente, mediante Resolucion Ministerial Nº 149-2012-JUS se modifica la Resolucion Ministerial Nº 184-2011-PCM, respecto a los procedimientos y modalidad de pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, disponiendose, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del Programa de Reparaciones Economicas es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a traves de su Oficina General de Administracion como unidad ejecutora; Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 002-2012, se autorizo una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, que incluyo los recursos vinculados a la adscripcion de la CMAN y del Consejo de Reparaciones al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fin de garantizar la continuidad de las funciones y actividades que estas realizan. En ese sentido, en el articulo 4º de dicho dispositivo se establece que la incorporacion de los recursos en el ano 2012, a que se refiere el articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, se efectua a favor del citado Ministerio, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economia y Finanzas, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; Que, el Decreto Supremo Nº 139-2012-EF, autorizo la incorporacion de recursos, via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 467 793,00) a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, destinados al pago de reparaciones economicas establecidas en el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, correspondiente a 10,974 beneficiarios de los Listados MORDAZA y Setimo; Que, con las Resoluciones Ministeriales Nº 0220-2012JUS y Nº 0242-2012-JUS se excluyen a 655 y 74 personas de los Listados MORDAZA y Setimo, respectivamente, del Programa de Reparaciones Economicas, exclusion que ocasiono un menor gasto respecto al monto autorizado con Decreto Supremo Nº 139-2012-JUS, debiendo destinarse el saldo a continuar con el pago de las reparaciones economicas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0283-2012JUS, se aprobo el Octavo Listado de Beneficiarios de la

Primera Etapa del Programa de Reparaciones Economicas, identificandose un total de 5 584 beneficiarios de las reparaciones economicas por un monto total de TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES Y 91/100 NUEVOS SOLES (S/. 39 527 563, 91); Que, en el MORDAZA de la Centesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012, sus modificatorias y complementarias, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicita mediante Oficio Nº 1585-2012JUS/SG, un credito suplementario hasta por la suma de ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 775 564,00), proponiendo en dicha solicitud un proyecto de decreto supremo para su aprobacion; Que, en consecuencia, con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Centesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, por la suma de ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 775 564,00), a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para continuar con el otorgamiento de las reparaciones economicas del Programa de Reparaciones Economicas, establecidas en el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, el Decreto de Urgencia N° 059-2011 y el Decreto de Urgencia Nº 002-2012; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de ONCE MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 775 564,00), destinados al pago de reparaciones economicas establecidas en el articulo 37° del Reglamento de la Ley N° 28592, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS y sus modificatorias, conforme a lo establecido en la parte considerativa de la presente MORDAZA y de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios TOTAL INGRESOS EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 006 : Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 001 : Oficina General de Administracion (En Nuevos Soles) 11 775 564,00 -------------------11 775 564,00 ===========

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5.001154 : Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos 1 : Recursos Ordinarios 11 775 564,00 -------------------11 775 564,00 ===========

GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos TOTAL INGRESOS

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion Institucional 2.1. El titular del Pliego habilitado en el presente credito suplementario, aprueba mediante Resolucion, la

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