Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2012 (31/12/2012)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2012

Actualizacion de Valores, Determinacion del Impuesto Predial y distribucion a domicilio, que fuera establecido mediante la Ordenanza Nº 420-MSS y ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Acuerdo de Concejo Nº 622, publicado el 24 de marzo de 2012. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del 01 de enero del 2013. Segunda.- Encargar a la Secretaria General que remita al Servicio de Administracion Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA un ejemplar de la presente Ordenanza. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Tecnologias de la informacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgacion y difusion oportuna de sus alcances. Cuarta.- Disponer la publicacion de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Articulo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 200-2010-PCM. Asimismo, se publique en el MORDAZA del SAT (www.sat.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 883153-1

Ordenanza que establece Beneficio de liquidacion menor para el ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 441-MSS MORDAZA de MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 042-2012-CGMCAJ-MSS, de las Comisiones de Gestion Municipal y Asuntos Juridicos, la Carta Nº 4457-2012-SG-MSS de la Secretaria General, el Memorandum Nº 1384-2012GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 9782012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Memorandum Nº 502-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Tecnico Nº 021-2012SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, sobre proyecto de Ordenanza que establece Beneficio de Liquidacion Menor para el ejercicio 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99EF y modificatorias, dispone que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran, las contribuciones, arbitrios, licencias y derechos, dentro de los limites establecidos por Ley; debiendo ser las ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las municipalidades

distritales, ratificadas por la Municipalidad Provincial que corresponda; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonera de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 400-MSS, modificada por Ordenanza Nº 410-MSS, se aprobo el MORDAZA legal y disposiciones para el calculo de los Arbitrios Municipales para el ano 2012, siendo MORDAZA ratificadas por Acuerdo de Concejo Nº 1559 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la Ordenanza Nº 415-MSS, establecio el beneficio de Liquidacion Menor en las Tasas por Arbitrios Municipales 2012, y otros incentivos para el cumplimiento de obligaciones tributarias; Que, con Ordenanza Nº 437-MSS, se prorroga para el ejercicio 2013, el MORDAZA legal y criterios de distribucion y tasas aplicables a los Arbitrios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, establecidos mediante Ordenanza Nº 400-MSS, modificada por Ordenanza Nº 410-MSS, la cual ha sido ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2215 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Informe Tecnico Nº 021-2012-SGORTGAT-MSS del 17.12.2012, la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, senala que la aplicacion de la Ordenanza Nº 400-MSS, modificada por Ordenanza Nº 410-MSS, significo la variacion en las liquidaciones de un gran numero de contribuyentes, es asi que para no impactar negativamente en la economia de los administrados, se aprobo mediante Ordenanza Nº 415MSS, beneficio de menor liquidacion, la cual establecio como limite al incremento de las tasas a aplicar por los arbitrios municipales 2012, la liquidacion mensual total aplicada para el ejercicio 2011, compuesta por la suma de los montos liquidados por cada arbitrio, descontada con los beneficios que se aprobaron mediante Ordenanzas Nº 294-MSS, Nº 368-MSS, Nº 375-MSS y Nº 376-MSS, normas que componen el MORDAZA legal aplicable al ejercicio 2011, y adicionar un descuento del orden del 1%; Que, asimismo senal la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, que la mencionada Ordenanza hizo extensivo el mencionado beneficio para aquellos predios cuyo autoavaluo no exceda las 16 UITs, ubicados en las agrupaciones calificadas como Asentamientos Humanos, Pueblos Jovenes y similares comprendidos en los sectores 1, 2 y 9 con uso casahabitacion y con uso parcial destinado a alguna actividad economica, identificada y autorizada por la Municipalidad y que se encontraban comprendidos en la tarifa especial aprobada mediante Ordenanzas Nº 294-MSS, Nº 368MSS y Nº 376-MSS; Que, agrega la Subgerencia de Orientacion, Registro y Recaudacion Tributaria, que la Ordenanza Nº 415-MSS, otorgo a los predios ubicados en la MORDAZA identificada como Sector 2 - Cuadrante 29, un tratamiento tributario especial, con tasas acorde a las particulares caracteristicas de la zona. En tal sentido, senala que la Ordenanza Nº 437MSS, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 2215 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, ha dispuesto la prorroga para el ejercicio 2013 del MORDAZA legal y criterios de distribucion y tasas aplicables a los arbitrios de Barrido de Calles, Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, establecidos mediante Ordenanza Nº 400-MSS, modificada por Ordenanza Nº 410-MSS, considerando que la prestacion de los servicios publicos a los que se refieren los arbitrios no han de variar en la calidad y caracteristicas de la prestacion, por lo que, a efectos de mantener las mismas condiciones, en que se ha ejecutado la liquidacion y recaudacion de los arbitrios 2012, para el ejercicio 2013, recomienda que se apliquen los limites y beneficios asociados a dicho regimen legal, aprobados por la Ordenanza Nº 415-MSS, por lo cual, remiten el presente proyecto de Ordenanza que establece Beneficio de Liquidacion Menor para el ejercicio 2013; Que, con Memorandum Nº 502-2012-GAT-MSS del 17.12.2012, la Gerencia de Administracion Tributaria, remite el precitado Informe, el cual contiene la presente propuesta de Ordenanza que aplica a las liquidaciones por arbitrios municipales del ano 2013, emitidas al MORDAZA de la Ordenanza Nº 437-MSS, los limites y

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