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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (31/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de diciembre de 2012 485247 que “Determina la Obligatoriedad en el Encapsulamiento de Todo Vehículo de Carga que Transporte Todo Tipo de Concentrados de Minerales y que Deba Ingresar a la Provincia Constitucional del Callao”, por noventa (90) días calendario, contados a partir del primer día útil del año 2013. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Callao, la observancia de lo dispuesto en el presente Decreto Regional, así como el gestar las coordinaciones necesarias para hacer de conocimiento de la Policía Nacional del Perú los alcances del mismo, para su estricto cumplimiento en la Provincia Constitucional del Callao. Artículo Tercero.- Siendo el presente Decreto Regional, norma complementaria a la Ordenanza Regional Nº 000022 que “Determina la Obligatoriedad en el Encapsulamiento de Todo Vehículo de Carga que Transporte Todo Tipo de Concentrados de Minerales y que Deba Ingresar a la Provincia Constitucional del Callao”, y al Decreto Regional 000003 que “Aprueba el Protocolo para la Certifi cación de Hermeticidad – (PCH)”, DISPONGASE su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao www.regioncallao.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 883796-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo ORDENANZA REGIONAL Nº 149-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 06 días del mes de noviembre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es misión del Gobierno Regional organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el numeral 2) del artículo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, señala que la Autonomía Administrativa consiste en la facultad que tienen los Gobiernos Regionales de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; y, el literal c) del artículo 35º establece que es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes Instancias, Dependencias, Entidades, Organizaciones y Procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático, Descentralizado y al Servicio del Ciudadano; Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la Entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos. Contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, con el ítem 7) del Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 030-GRJ/CR, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el artículo 34º del Decreto Supremo Nº 043-2006- GRJ/CR, aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, estipula que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de las Direcciones Sectoriales de los Gobiernos Regionales se aprueban con Ordenanza Regional; y, en su Tercera Disposición Complementaria establece que las entidades deben presentar su proyecto de CAP para su aprobación en un plazo máximo de 3 meses contados a partir de la entrada en vigencia de su ROF; Que, mediante Reporte Nº 483-2012-GRJ-GRD/ DRTPE/OTA, la Subdirectora Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, remite el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, para su aprobación; con Reporte Nº 135-2012-GGR/ORDITI, el Director de la Ofi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información remite el Informe Técnico Nº 018- 2012-GGR/ORDITI que concluye que la propuesta de Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo se realizó teniendo en consideración las normas específi cas del sector Decreto Supremo Nº 001-93-TR y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 001-2008-TR, Decreto Legislativo Nº 910, y la Ley Nº 26979; a través del Informe Legal Nº 940-2012-GRJ/ORAJ, la Directora de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo se ajusta al marco legal vigente; y mediante Ofi cio Nº 1036-2012-GRJ-GGR, el Gerente General del Gobierno Regional Junín, menciona que el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo se encuentra de acorde con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, recomendando su tramitación de estos ante el Consejo Regional; Que, contando con el Dictamen Nº 035-2012-GRJ- CR/CPPPATyDI favorable, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO” Artículo Primero.- APRUÉBESE la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, que consta de seis (06) Títulos, cinco (05) Capítulos, veintinueve (29) Artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias y dos (02) Disposiciones Finales, que se anexa y forma parte de la presente Norma Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUENSE el ítem 7) del Artículo Primero de la Ordenanza Regional Nº 030-GRJ/ CR, que corresponde al Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción