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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (31/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de diciembre de 2012 485251 “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE INTERÉS REGIONAL LA ATENCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA JUNÍN CON OPORTUNIDADES” Artículo Primero.- DECLÁRESE de Interés Regional la Atención e Implementación del “Programa Junín con Oportunidades”. Artículo Segundo.- CONFÓRMESE el Comité Regional de formulación e implementación del Programa “Junín con Oportunidades”, que se encargará de promover el desarrollo inclusivo de las personas con discapacidad de Junín, y estará integrada por los siguientes representantes: - Un representante del Gobierno Regional de Junín, quien actuará como presidente. - Un representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS, actuará como secretario técnico. - Un representante de cada Gerencia Regional: Desarrollo Social, Desarrollo Económico, Infraestructura, Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un representante de cada Dirección Regional adscrita a la Gerencia de Desarrollo Social. - Un representante de cada Municipalidad Provincial (9). - Un representante de las Municipalidades Distritales que soliciten. - Un representante del INEI. - Un representante de la Ofi cina descentralizada de RENIEC. - Un representante del Ministerio de Defensa. - Un representante de ESSALUD. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación de la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de Junín para su promulgación. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 4 días del mes de diciembre de 2012. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 17 días del mes de diciembre de 2012. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 883894-3 Disponen la “Institucionalización del Programa Regional de Voluntariado” en el ámbito de la Región Junín, y crean el Registro Regional del Programa de Voluntarios ORDENANZA REGIONAL Nº 155-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 11 días del mes de diciembre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el literal a), d) y h) artículo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son funciones del Gobierno Regional en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades: Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del gobierno nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales; promover la participación ciudadana en la planifi cación, administración y vigilancia de los programas de desarrollo e inversión social en sus diversas modalidades, brindando la asesoría y apoyo que requieran las organizaciones de base involucradas; y, formular y ejecutar políticas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la región con protección y apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Ley Nº 28238, Ley General del Voluntariado, y su modifi catoria Ley Nº 29094, defi nen como Voluntariado a la labor o actividad realizada sin fi nes de lucro, en forma gratuita y sin vínculos ni responsabilidad contractual. El Voluntariado comprende actividades de interés general para la población, como: actividades asistenciales, de servicios sociales, cívicas, de capacitación, culturales, científi cas, deportivas, sanitarias, de cooperación al desarrollo, de defensa del medio ambiente, de defensa de la economía o de la investigación, de desarrollo de la vida asociativa, de promoción del voluntariado y otras de naturaleza análoga, tendientes al bien común. El voluntariado se podrá prestar a los benefi ciarios en una persona natural, independientemente, o una organización de voluntarios agrupados bajo la forma de una asociación sin fi nes de lucro, y en ningún caso podrá sustituir al trabajo que se realiza en forma remunerada; Que, mediante Reporte Nº 069-2011-GRJUNÍN/GRDS, la Gerente Regional de Desarrollo Social, comunica que en el marco del Convenio Interinstitucional suscrito entre el Gobierno Regional Junín y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – AECID, se viene realizando acciones conjuntas en el empoderamiento y desarrollo del proyecto “Voluntariado Juvenil y Universitario en estrategia de lucha contra la Pobreza y Apoyo a la Descentralización”, por lo que remite el anteproyecto de Ordenanza Regional y exposición de motivos con fi nes de institucionalizar el programa regional del Voluntariado; con Informe Legal Nº 990-2012-GRJ/ORAJ, la Directora Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal facultativa no vinculante, recomendando la aprobación del anteproyecto de Ordenanza Regional que aprueba la “Institucionalización del Programa Regional de Voluntariado en el ámbito jurisdiccional de la Región Junín”, indicando que se encuentra en el marco de la Constitución Política y que no contraviene ninguna norma nacional, regional o local, y no afecta las autonomías de las entidades que la conforman; Que, contando con el Dictamen Nº 032-2012-GRJ- CR/CPECyDS favorable, de la Comisión Permanente de Educación, Cultura y Desarrollo Social, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE INSTITUCIONALIZA EL PROGRAMA REGIONAL DE VOLUNTARIADO DE JUNÍN” Artículo Primero.- DECLÁRESE de Interés Regional la labor voluntaria que realizan los ciudadanos y ciudadanas