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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (31/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de diciembre de 2012 485249 Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 4 días del mes de diciembre de 2012. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional Junín, a los 17 días del mes de diciembre de 2012. VLADIMIR ROY CERRÓN ROJAS Presidente 883894-1 Declaran el 23 de junio de todos los años como “Día de la Conmemoración en honor de Don Juan Santos Atahualpa” ORDENANZA REGIONAL Nº 153-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 04 días del mes de diciembre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de Junín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y demás Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público Interno que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el numeral 8) del artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, prescribe que el principio de inclusión es cuando el Gobierno Regional desarrolla políticas y acciones integrales de gobierno dirigidas a promover la inclusión económica, social, política y cultural, de jóvenes, personas con discapacidad o grupos sociales tradicionalmente excluidos y marginados del Estado, principalmente ubicados en el ámbito rural y organizados en comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas acciones también buscan promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendo la discriminación por razones de etnia, religión o género y toda otra forma de discriminación; Que, los literales i) y k) del artículo 47º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es función de los Gobiernos Regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación promover permanentemente la educación intercultural y el uso de las lenguas originarias de la región; y, promover y difundir las manifestaciones culturales y potenciar las instituciones artísticas y culturales de la región, en coordinación con los Gobiernos Locales; Que, la construcción de la nación peruana se forjó en los poblados más alejados, los pobladores se consideran peruanos y le reservan a este país su lealtad, sin embargo, mientras la discriminación persista dicha construcción será precaria, porque no basta que todos nos consideremos peruanos si, al mismo tiempo, la nación no nos considera a todos compatriotas con iguales derechos, aunque los individuos se consideren peruanos, muchos de ellos constatan que persiste la discriminación, y también el racismo, esa enfermedad del alma que se hace cada vez más ofensivo, vergonzoso y repudiado; Que, Juan Santos Atahualpa fue un líder mestizo nacido en el Cuzco, probablemente el año 1710; recibió educación de parte de los jesuitas, aprendió castellano y latín; viajó a España, Francia, Inglaterra y Angola, de regreso al Perú tenía en mente desatar una rebelión, tal vez en base a las comparaciones que hizo entre la vida que halló en el Viejo Mundo y la que pasaban los pobladores del Perú oprimidos por la dominación colonial hispana. La mañana del 03 de junio de 1742 inicia la rebelión en Chanchamayo, logrando congregar a muchos pueblos de la selva central como Asháninka, Yánesha y Shipibo, llama a todos los indios Amages, Conibos y Simirinchis; se proclamó Apu Inca, descendiente de Atahualpa, su primer objetivo fue la reducción de Eneno (Eneñaz), para luego seguir con Matranza (Metraro), Quispango (Pangoa), Pichana (Pichanaki) y Nijandaris; estableció su cuartel general en el Gran Pajonal, de donde inició sus acciones, siendo sus prime ros objetivos las “reducciones” que habían establecido los misioneros franciscanos del convento de Ocopa, varios de éstos fueron muertos y se arrasaron más de 25 de estas “reducciones”; Que, en Lima, el virrey Marqués de Villagarcía ordenó que los gobernadores de Tarma y Jauja repriman a los rebeldes y capturen a su líder, pero ambos fracasaron, desde 1745, el Virrey Conde de Superunda envió varias expediciones punitivas a la zona rebelde, pero también fracasaron, entonces ordenó fortifi car los pueblos cristianos cerca de la frontera para defenderlas de las avanzadas rebeldes, mientras tanto, el Inca organizó un gobierno en el territorio liberado y en 1752 avanzó rumbo a Jauja y logró tomar Andamarca; pero, alertado de la cercanía de nuevas tropas coloniales se replegó hacia sus bastiones en el Gran Pajonal, optó por mantenerse a la defensiva mientras alistaba una nueva incursión a la sierra central, en 1756 el general español Pablo Sáenz y sus tropas lograron llegar hasta Quimiri sin recibir ataques de los nativos, esto les hizo suponer que Juan Santos Atahualpa había muerto, estos hechos históricos, afi anzan nuestros valores cívicos y patrióticos, de igual modo nos incentivan a revalorar nuestras identidad cultural de la nación peruana; Que, el 24 de junio considerado como día del campesino o día del indio, como fue concebido en sus inicios, tiene sus antecedentes más lejanos en la fi esta del Hatun Raymi que se celebraba en el Tahuantinsuyo para dar la bienvenida al solsticio de verano en los andes; en esta festividad se adoraba al sol para agradecer sus benefi cios, ofreciéndole sacrifi cios y dones de sus mejores llamas, chicha de jora y productos de la tierra, lo que devenía en una hermosa fi esta encabezada por el inca, de gran ceremonial y colorido, se aseguraban así la continuidad y renovación de la vida; los benéfi cos rayos solares que propiciaban las buenas cosechas y la salud, tanto de seres humanos como de los animales. Esta fi esta hasta hoy se revive en la ciudad de Cusco como fi esta del Inti Raymi; teniéndose como base esta fecha además de las Festividades de San Juan en la Selva Peruana y el 24 de junio, la Comisión Permanente de Educación, Cultura y Desarrollo Social consideró declarar el 23 de junio de todos los años “Día de la conmemoración de Juan Santos Atahualpa”; Que, contando con el Dictamen Nº 011-2012-GRJ- CR/CPECyDS favorable, de la Comisión Permanente de Educación, Cultura y Desarrollo Social y de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y el Reglamento Interno del Consejo Regional Junín; “ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA EL 23 DE JUNIO DE TODOS LOS AÑOS, DÍA DE LA CONMEMORACIÓN DE DON JUAN SANTOS ATAHUALPA” Artículo Primero.- DECLÁRESE el 23 de junio de todos los años “Día de la Conmemoración en honor a Don Juan Santos Atahualpa”.