Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2012 (31/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2012

del Empleo, y toda normatividad que contravenga la presente MORDAZA Regional. Articulo Tercero.- DISPONGASE que la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo eleve al Consejo Regional en un plazo MORDAZA de 03 meses de vigencia de su Reglamento de Organizacion y Funciones, el anteproyecto de Cuadro de Asignacion para Personal - CAP, para su estudio y evaluacion, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 043-2006GRJ/CR. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los 6 dias del mes de noviembre de 2012. MORDAZA MORDAZA GALVAN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando registrese, publiquese y cumplase. Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno Regional MORDAZA, a los 9 dias del mes de noviembre de 2012. MORDAZA ROY MORDAZA MORDAZA Presidente 883892-1

Modifican la Ordenanza Nº 081-2008GRJ/CR que crea el Instituto Regional del Cafe - IRC
ORDENANZA REGIONAL Nº 152-2012-GRJ/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada a los 04 dias del mes de diciembre de 2012, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion Nº 27680, establece, que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, prescribe que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, la Ordenanza Regional Nº 081-2008-GRJ/CR de 17 de marzo de 2008, "Crea el Instituto Regional del Cafe" ­ IRC, como una unidad economica del Gobierno Regional MORDAZA, Entidad Tecnica Cientifica, de caracter publico, con personeria juridica y autonomia en lo economico y administrativo; Que, mediante Memorando Nº 1946-2011GRPPAT/SGPT, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, senala que los convenios de Cooperacion Interinstitucional

que se van a suscribir con la Municipalidad Distrital de Rio Negro y la Universidad Nacional del Centro del Peru, son improcedentes porque el presupuesto de gasto corriente de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, presente y futuro, esta destinado unicamente para su operacion y mantenimiento, motivo por el cual no se dispone ni se dispondra de recursos para la operacion y mantenimiento del Instituto Regional del Cafe; con Reporte Nº 104-2012/GRDE, el Gerente Regional de Desarrollo Economico solicita la modificacion de los Articulos Tercero y MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 081-2008-GRJ/CR, "Ordenanza Regional que Crea el Instituto Regional del Cafe", por no contar con el MORDAZA legal y presupuestal adecuado para su implementacion; el Consejo Directivo del Instituto del Cafe se encuentra instalado, lo preside la Gerencia Regional de Desarrollo Economico y seria la responsable de la aprobacion del Estatuto; asimismo, no se puede exigir a los productores cafetaleros que contribuyan con $ 1.00 por cada quintal exportado, porque genera desequilibrio economico y restaria competitividad en comparacion de los otros productores que no contribuyen, indicando que comenzaran a realizar sus aportes voluntarios cuando reciban beneficios del Instituto; a traves del Informe Legal Nº 932-2012-GRJ/ORAJ, la Directora Regional de Asesoria Juridica, emite opinion legal facultativa recomendando que se modifique el Articulo Tercero y se derogue el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 081-2008-GRJ/CR; Que, contando con el Dictamen Nº 005-2012-GRJCR/CPPPATyDI favorable, de la Comision Permanente de Desarrollo Economico, Promocion de la Inversion, Trabajo y Promocion del Empleo, y de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: "ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EN PARTE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 081-2008-GRJ/CR, ORDENANZA QUE CREA EL INSTITUTO REGIONAL DEL CAFE - IRC" Articulo Primero.- MODIFIQUENSE los Articulos Tercero y MORDAZA de la Ordenanza Regional Nº 081-2008GRJ/CR, conforme al detalle siguiente: DICE: ARTICULO TERCERO.- DISPONER que el Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA, implemente el Estatuto y Reglamento correspondientes para el funcionamiento del IRC-Junin, los mismos que seran aprobados mediante Resolucion Ejecutiva Regional. DEBE DECIR: ARTICULO TERCERO.- DISPONGASE que la Gerencia Regional Gerencia Regional de Desarrollo Economico en su condicion de presidente del Consejo Directivo del Instituto Regional del Cafe ­ IRC, formule e implemente el Estatuto para el funcionamiento del Instituto Regional del Cafe. DICE: ARTICULO CUARTO.- CREASE el Fondo Regional del Cafe, que sera generado con los aportes de los productores cafetaleros a razon de $ 1.00 (un dolar americano) por cada quintal exportado, el mismo que sera destinado unica y exclusivamente a la operacion y mantenimiento del IRC-Junin. DEBE DECIR: ARTICULO CUARTO.- FACULTESE al Consejo Directivo del Instituto Regional del Cafe ­ IRC, la aprobacion, modificacion y derogacion del Estatuto para el funcionamiento del Instituto Regional del Cafe ­ IRC. Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion.

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