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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de enero de 2012 459058 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Aprueban “Criterios para la aplicación del límite de multas establecido por el artículo 352° de la Ley del Mercado de Valores y el que se señala en el artículo 7° del Decreto Ley N° 21907” RESOLUCIÓN SMV Nº 001-2012-SMV/01 Lima, 9 de enero de 2012 VISTO: El Informe N° 684-2011-EF/94.05.1 de fecha 02 de noviembre de 2011 de la Ofi cina General de Administración; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, hoy Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, el Decreto Legislativo N° 861,que aprueba la Ley del Mercado de Valores, el Decreto Ley Nº 21907 que establece el control de la SMV sobre las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, así como la Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, regulan el funcionamiento y régimen económico fi nanciero de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, así como su facultad de imponer sanciones a quienes contravengan las normas que se encuentran bajo su competencia y supervisión; Que, el Directorio es el órgano de la SMV, responsable de aprobar las políticas y objetivos de la Institución, así como la normativa aplicable a los mercados bajo competencia de esta Superintendencia, tipifi car las conductas infractoras de quienes participan en el mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos, entre otros; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 29782 derogó el artículo 352° de la Ley del Mercado de Valores, norma que establecía límites para la imposición de multas por parte de la SMV, por lo que resulta necesario aprobar el marco normativo que permita atender las solicitudes de los administrados sancionados con la imposición de multas por infracciones cometidas antes de la derogatoria de dicho artículo, así como las solicitudes que pudieran presentarse al amparo del artículo 7° del Decreto Ley N° 21907; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley Orgánica de la SMV, aprobada por el Decreto Ley N° 26126, modifi cada por la Ley N° 29782, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV reunido en su sesión de fecha 8 de noviembre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los “Criterios para la aplicación del límite de multas establecido por el artículo 352° de la Ley del Mercado de Valores y el que se señala en el artículo 7° del Decreto Ley N° 21907”, que consta de once (11) artículos según Anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el Portal del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Artículo 3º.- Facultar a la Ofi cina General de Administración de la Superintendencia del Mercado de Valores, para reconocer el monto a cobrar sujeto al límite de ley y dejar sin efecto los derechos de cobro correspondientes a cualquier exceso sobre el límite legal de la multa impuesta. Esta facultad se aplica para los sancionados que lo soliciten, sean personas naturales o personas jurídicas. Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 739547-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban Directiva “Procedimiento a seguir para el cumplimiento de funciones en el Juzgado Penal de turno permanente” de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 41-2011-CED-CSJLI/PJ Lima, 19 de diciembre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante proveído de fecha once de noviembre del presente año, la Presidencia de la Corte Superior, dispone remitir al Consejo Ejecutivo Distrital, el proyecto de la directiva denominada “Procedimiento a seguir para el cumplimiento de funciones en el Juzgado Penal de turno permanente”; en consideración con lo dispuesto en el artículo 96º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, este Órgano de Gestión considera, que la aprobación del precitado proyecto de directiva permitirá a los jueces y personal auxiliar Jurisdiccional y administrativo que presta servicios en el Juzgado Penal de Turno Permanente, conozcan mejor los procedimientos internos a los que deben sujetarse para el cabal cumplimiento de sus funciones; lo que redundará en el benefi cio de los litigantes y público usuario del servicio de justicia, coadyuvando a brindar un servicio, más oportuno y efi caz. Por los fundamentos indicados, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el inciso 19 del artículo 96º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha y por unanimidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la directiva denominada “Procedimiento a seguir para el cumplimiento de funciones en el Juzgado Penal de turno permanente”, que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal y Juzgado Penal de Turno Permanente, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. SS. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente CÉSAR JAVIER VEGA VEGA LUIS CARLOS ARCE CÓRDOVA RICARDO LUIS CALLE TAGUCHE