Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459083

de la Constitucion Politica del Peru del 1993 modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modificatorias, en Sesion Ordinaria de fecha 26 de Octubre del 2011, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senala como una de las atribuciones del Consejo Regional el de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; contexto en el cual se encuentra facultado para aprobar los documentos de gestion, entre otros, de la Sede y Dependencias Publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° del mencionado cuerpo normativo que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general en la organizacion y la administracion del Gobierno Regional, son aprobadas por el Consejo Regional y promulgadas por la Presidencia Regional; Que, la Direccion del Hospital Regional "Virgen de Fatima" de la MORDAZA de Chachapoyas, ha tramitado ante el Gobierno Regional, la propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado de dicha dependencia, para su aprobacion, de conformidad a las normas legales vigentes; el mismo que luego de ser evaluado por el Consejo Regional, se ha determinado que su modificacion obedece a la necesidad de actualizar el CAP anterior vigente aprobado en el ano 2010, por haberse procedido durante el presente ano, en el MORDAZA de las Leyes Nºs. 28498 y 28560, al nombramiento de 02 trabajadores, un personal profesional no medico (Enfermera I) y un Tecnico en Nutricion I; del mismo modo, se ha llevado a cabo un Concurso de Ascenso, permitiendo a muchos profesionales de la Salud, a acceder a niveles superiores de carrera; se han realizado cambios de nomenclatura de algunos cargos, a fin de ajustarles al real ejercicio de funciones y perfil de los servidores que han venido ocupandolos por mucho tiempo; se han ocupado plazas vacantes por reasignacion de servidores que laboran en otros Centros de Salud, puestos de Salud o Red de Salud y algunos servidores han logrado su cambio de grupo ocupacional; Que, las modificaciones introducidos al CAP del Hospital Regional "Virgen de Fatima", responden a los cambios efectivos ultimos realizados en la administracion del recurso humano del mencionado establecimiento, con sujecion a las normas legales vigentes, entre ellos al D.S. Nº 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) en las Entidades de la Administracion Publica, donde se refleja que la variacion, producto de dichos cambios, no afecta, el porcentaje establecido en el Inc. d) del Art. 11º de la indicada MORDAZA, en cuanto a que los cargos correspondientes a los Organos de Asesoramiento y Apoyo, no deben exceder al 20% del total de cargos contenidos en el CAP, asi como, lo establecido en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, en cuanto al porcentaje de los cargos de confianza, que se agrupan dentro del 5% del total de cargos de la entidad; Que, el Cuadro para Asignacion de Personal del Hospital Regional "Virgen de Fatima", actualizado a la fecha, considera un total de 249 plazas, de las cuales 197 son plazas ocupadas y 52 son plazas previstas, constituyendose en un documento de gestion, que plasma el estado real de la definicion, clasificacion y distribucion de los cargos, sobre la base de su estructura organica vigente; por lo que contando con la opinion favorable del Organo de Asesoramiento del Hospital Regional "Virgen de Fatima", Oficina de Planeamiento Estrategico y Oficina de Racionalizacion de la Direccion Regional de Salud y opinion tecnica favorable de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informatica de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional y Dictamen favorable de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es conveniente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente;

Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 020, mediante Acuerdo N° 181 de fecha 26 de Octubre del 2011, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado del Hospital Regional "Virgen de Fatima", que por triplicado, en 03 anillados de 56 folios cada uno, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 273-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 22 de Noviembre del 2010 y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 4 dias del mes de noviembre del ano 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE. Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 14 dias del mes de noviembre del 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional Gobierno Regional Amazonas 739218-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 154-AREQUIPA EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Ley de Reforma Constitucional Ley 27680 que modifica el articulo 191, establece en su MORDAZA parrafo que la Estructura Organica Basica de los Gobiernos Regionales, la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador, el Presidente como Organo Ejecutivo y el Consejo de Coordinacion Regional como organo consultivo y de coordinacion con las municipalidades; Que, la Ley 27783 Ley de Bases de Descentralizacion, capitulo II sobre Normatividad y Procedimientos, articulo 11 en relacion a la aprobacion del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, esta sujeta al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion y leyes de la Republica;

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