Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459067

CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado mediante Resolucion Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto de 2009, (en adelante Reglamento), en su articulo 9° establece que: "El Proyecto de Desarrollo Institucional consolida los resultados del estudio en los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos, con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una universidad (...); Que, el articulo 10° del Reglamento del CONAFU establece: "El procedimiento para la Autorizacion de funcionamiento de una universidad, una vez admitida a tramite, tiene cuatro (4) Fases: 1. Evaluacion para la aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional; 2. Implementacion Inicial del Proyecto de Desarrollo Institucional Aprobado, 3. Verificacion de la Implementacion Inicial, 4. Autorizacion del funcionamiento provisional de la universidad, (el subrayado y sombreado es nuestro); Que, el articulo 23° inciso c) numeral 8 del Reglamento del CONAFU, establece: La capacidad economica propia y probada, principalmente a traves del capital que proyecta en su constitucion social o del capital con cuente su promotora (...); asimismo, el numeral 9 del mencionado inciso, establece: La administracion financiera que comprende la evaluacion de prevision financiera de la universidad para los diez (10) primeros anos iniciales (...); Que, por Escrito s/n recibido con fecha 22 de diciembre de 2010, el Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remitio el Proyecto de Desarrollo Institucional del referido Proyecto de Universidad, para su Autorizacion de Funcionamiento Provisional, adjuntando la documentacion correspondiente; Que, mediante Resolucion Nº 290-2011-CONAFU, de fecha 16 de junio de 2011, se resolvio: Admitir a tramite la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, con las carreras profesionales de Ingenieria de Sistemas e Informatica, Contabilidad y Finanzas, Administracion y Negocios, Turismo, Hoteleria y Gastronomia, y Derecho y Ciencia Politica, conforme a la normatividad de la Ley Universitaria Nº 23733 y bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, mediante Resolucion Nº 291-2011-CONAFU de fecha 16 de junio de 2011, se resolvio: Designar a los miembros de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, la misma que estara conformada por los siguientes profesionales: MSc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes, Manglio MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, por Carta s/n recibido con fecha 10 de agosto de 2011, la Presidenta de la Comision Calificadora remitio el Informe Preliminar del PDI del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de Lima; recomendando a la promotora levantar todas la observaciones realizadas por la Comision Calificadora y en el tiempo previsto, presentar la MORDAZA Version completa del Proyecto, de conformidad con lo establecido en el articulo 24º del Reglamento aprobado por Resolucion Nº 387-2009-CONAFU; Que, mediante Oficio Nº 1474-2011-CONAFU-P de fecha 19 de agosto de 2011, la Presidenta del CONAFU remite al Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA del Informe Preliminar de la Evaluacion del PDI del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, realizado por la Comision Calificadora, otorgandole el plazo de quince (15) dias habiles, para que cumpla con levantar las observaciones indicadas en dicho informe, requiriendo a la vez la MORDAZA de una MORDAZA Version completa del PDI; Que, mediante Escrito s/n recibido con fecha 28 de setiembre de 2011, el Responsable del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, remite el Informe de

Levantamiento de Observaciones y la MORDAZA Version del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto Universitario, solicitando su aprobacion y autorizacion por parte del CONAFU; Que, por Carta s/n recibido con fecha 16 de noviembre de 2011, la Presidenta de la Comision Calificadora encargada de evaluar el PDI del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, cumple con presentar el Informe Final de la Comision, concluyendo que luego de haber evaluado la MORDAZA version del PDI y el levantamiento de las observaciones, se advierte que se mantienen 05 debilidades extremas no superadas, obteniendo el proyecto de universidad un puntaje relativo de 78.41% que es inferior al puntaje minimo requerido para la aprobacion de un proyecto de universidad; por lo tanto recomiendan al Pleno del CONAFU no aprobar el PDI presentado por la promotora; Que, el articulo 29º inciso a) del Reglamento, establece: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora con todas las carreras propuestas, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio..."; Que, mediante Oficio Nº 1051-2011-CONAFU-CDAA de fecha 30 de noviembre de 2011, la Comision Academica del CONAFU dio a conocer al Pleno del CONAFU que la Comision Calificadora encargada de evaluar el PDI del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, presenta su Informe Final, nombrada mediante Resolucion Nº 2912011-CONAFU, revisado el expediente, la Comision Academica sugiere al Pleno del CONAFU: NO APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por no superar el parametro de la capacidad economica propia y probada en el levantamiento de observaciones; asimismo, por no alcanzar el puntaje minimo requerido para la aprobacion de proyectos de Universidad y presentar deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo; Que, el articulo 30º del Reglamento, establece: "Presentado el Informe Final por la Comision Calificadora acompanando con la MORDAZA version completa del PDI evaluado, este a traves de la presidencia sera puesto a conocimiento del Pleno. El Pleno del CONAFU analizando, el Informe Final de la Comision Calificadora, se pronunciara con respecto al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando o desaprobando el proyecto de la universidad"; Que, en el articulo 10º del Estatuto del CONAFU, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... inciso c) Aprobar o denegar los proyectos de desarrollo institucional de las nuevas universidades; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 07 de diciembre de 2011, el Pleno del CONAFU despues de deliberar, mediante Acuerdo Nº 734-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: No aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por no superar el parametro de la capacidad economica propia, no alcanzar el puntaje minimo requerido para la aprobacion de proyectos de Universidad y presentar deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- NO APROBAR el Proyecto de de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por no superar el parametro de la capacidad economica propia, no alcanzar el puntaje minimo requerido para la aprobacion de proyectos de Universidad y presentar deficiencias que no permiten garantizar su adecuado desarrollo.

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