Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2012 (12/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de enero de 2012

Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolucion para los actos administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 739154-1

Reconocen miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Privada Autonoma del Sur
RESOLUCION Nº 595-2011-CONAFU MORDAZA, 12 de diciembre de 2011 "UNIVERSIDAD PRIVADA AUTONOMA DEL SUR" VISTOS: La Resolucion Nº 506-2011-CONAFU de fecha 06 de octubre de 2011, el Oficio Nº 019-2011UPADS recibida con fecha 08 de noviembre de 2011, el Oficio Nº 1046-2011-CONAFU-CDAA de fecha 30 de noviembre de 2011, el Acuerdo Nº 735-2011-CONAFU de la Sesion Ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 07 de diciembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Titulo Primero, articulo 3º: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; asimismo, en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (...) o) Reconocer a las Comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos la ley y demas normas..."; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el articulo 19º establece que: "En las universidades en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, la Comision Organizadora estara conformada por tres miembros: a) un Presidente, b) Un Vicepresidente Academico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad segun corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y financieras; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 20º establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria; y el articulo 19º de este Reglamento. El Gerente General o Director Ejecutivo segun corresponda, debera tener titulo profesional y aprobada experiencia en la administracion de una institucion educativa o empresas de reconocido prestigio"; Que, conforme el Reglamento, en el articulo 21º establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, por Resolucion Nº 506-2011-CONAFU de fecha 06 de octubre de 2011, se resolvio: Otorgar la Autorizacion

Provisional de Funcionamiento a la Universidad Privada Autonoma del Sur, para brindar servicios educativos de nivel universitario; autorizandose con las siguientes Carreras Profesionales: 1.- Tecnologia Medica: Fisioterapia y Rehabilitacion, 2.- Farmacia y Bioquimica, y 3.- Enfermeria, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, mediante Oficio Nº 019-2011-UPADS recibida con fecha 08 de noviembre de 2011, el Gerente General de la Promotora de la Universidad Privada Autonoma del Sur, solicita se ratifique la Comision Organizadora, senalando que los integrantes son los mismos que aparecen en el Informe Final presentado por la Comision Verificadora que evaluo la Implementacion Inicial; asimismo, cumplen con adjuntar los respectivos Curriculums Vitae de los profesionales propuestos; Que, mediante Oficio Nº 1046-2011-CONAFU-CDAA de fecha 30 de noviembre de 2011, la Comision Academica del CONAFU, dio a conocer que el Gerente General de la Promotora de la Universidad Privada Autonoma del Sur, solicita se ratifique la Comision Organizadora, indicando que los profesionales propuestos para integrar la Comision Organizadora de la Universidad Privada Autonoma del Sur reunen los requisitos para el cargo tal como se estipula en el articulo 20º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades bajo competencia del CONAFU y la Ley 29734 que modifica el literal c) del articulo 34 de la Ley Universitaria Nº 23733, revisado el expediente la Comision Academica sugiere al Pleno del CONAFU: Reconocer a los siguientes profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Presidente, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Vicepresidente Academico y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Gerente General; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 07 de diciembre de 2011 el Pleno del CONAFU despues de deliberar, por Acuerdo Nº 735-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Reconocer como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Privada Autonoma del Sur, a los siguientes profesionales: Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Presidente, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de Vicepresidente Academico y Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad Gerente General; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones", de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECONOCER como miembros de la Comision Organizadora de la Universidad Privada Autonoma del Sur, a los siguientes profesionales:
NOMBRES Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CARGOS Presidente Vicepresidente Academico Gerente General

Articulo Segundo.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 739152-1

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