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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de enero de 2012 459069 Aceptan renuncia y declaran vacancia en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua RESOLUCIÓN Nº 622-2011-CONAFU Lima, 12 de diciembre de 2011 “UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA” VISTOS: La Resolución Nº 551-2011-CONAFU de fecha 09 de noviembre de 2011, la Carta Nº 001-2011/ LATR recibida con fecha 23 de noviembre de 2011, el Informe Legal Nº 426-2011-CONAFU-CJ de fecha 06 de diciembre de 2011, y el Acuerdo Nº 763-2011-CONAFU de la sesión ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 07 de diciembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio de 2006, en el artículo 3º establece: “Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:… f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Públicas y Privadas…”; asimismo, en concordancia con el artículo 10° del mismo cuerpo normativo, que establece: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (…) o) (…) Designar a las comisiones organizadoras de las universidades públicas; p) Pronunciarse sobre la vacancia de los miembros de las Comisiones Organizadoras por las causales especifi cadas en el Reglamento de la materia…”, (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, en el artículo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal, b) Un Vicepresidente Académico, que asume las funciones y responsabilidades que corresponden al Vicerrector Académico, c) Un Vicepresidente Administrativo, que asume las funciones y responsabilidades del Vicerrector Administrativo ”; Que, en el artículo 20º del Reglamento, establece que: “Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de mayo de 1994 que sustituye los artículos 35° y 36° de la Ley Universitaria…”; Que, en el artículo 21º del Reglamento, establece que: “El cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada”; Que, en el artículo 22º del Reglamento, establece: La Comisión Organizadora, dirige la universidad durante los cuatro primeros años (…). El cargo de miembro de Comisión Organizadora vaca por: a) Renuncia. b) Impedimento sobreviviente, que haga imposible el ejercicio del cargo, sea por muerte incapacidad física, ausencia o abandono del cargo, debidamente probada. (….); (El sombreado y subrayado es nuestro); Que, por Resolución Nº 551-2011-CONAFU de fecha 09 de noviembre de 2011, se resolvió entre otros: Designar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, la misma que estará conformada por los siguientes profesionales: Dr. Erasmo Manrique Zegarra en calidad de Presidente, Dr. Juan Sergio Miranda Castro en calidad de Vicepresidente Académico y Dr. Luís Alberto Taramona Ruiz en calidad de Vicepresidente Administrativo; Que mediante Carta Nº 001-2011/LATR recibida con fecha 23 de noviembre de 2011, el Dr. Luís Alberto Taramona Ruiz, se dirige a la Presidenta del CONAFU, para poner en conocimiento su renuncia irrevocable al cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, siendo los motivos estrictamente personales, expresando agradecimiento por la confi anza depositada a su persona; Que, mediante Informe Legal Nº 426-2011-CONAFU- CJ de fecha 06 de diciembre de 2011, la Comisión Jurídica del CONAFU informó al respecto, que dada la renuncia irrevocable, es menester aceptarla y declarar la vacancia al cargo, por lo que corresponde a este Consejo Nacional designar al nuevo miembro de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, quien ocupará el cargo de Vicepresidente Académico; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio de 2006, en el artículo 10º establece que: “Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades:…t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU”; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de diciembre de 2011, después de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 763-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: a) Aceptar la renuncia del Dr. Luís Alberto Taramona Ruiz en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua y b) Declarar la vacancia del cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de conformidad a lo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia del Dr. Luís Alberto Taramona Ruiz, en el cargo de Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua Artículo Segundo.- DECLARAR LA VACANCIA en el cargo del Vicepresidente Administrativo de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARTHA NANCY TAPIA INFANTES Presidente JASSON MANUEL MILLAN CAMPOSANO Secretario General 739156-1 Aceptan renuncia y declaran vacancia en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada de Huancayo Franklin Roosevelt RESOLUCIÓN Nº 623-2011-CONAFU Lima, 12 de diciembre de 2011