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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2012 (22/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 22 de enero de 2012 459640 LA SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 15888, de fecha 13 de mayo de 2009, seguido por ALEJANDRO ROJAS PALOMINO, por el cual solicita la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominada “Programa de Vivienda Mirafl ores de San Juan”, para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 5,100.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10722 Sector La Laguna, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194°, numeral 5) del Artículo 195° de nuestra Carta Magna, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planifi car el desarrollo urbano y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala en su artículo I del Título Preliminar que los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. Además, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, son sujeción al ordenamiento jurídico, que en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 79° numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, ejercen funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fi scalización de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Acuerdo N° 01, tomado en Sesión N° 16-09-CTDHU/MDA, de fecha 11 de Diciembre de 2009, la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas dictaminó FAVORABLE el proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada, de zonifi cación Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno con un área de 5,100.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10722 Sector La Laguna, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; estableciéndose como défi cit el aporte de Recreación Pública con un área de 357.00 m2, Parques Zonales con un área de 102.00 m2, Ministerio de Educación con un área de 102.00 m2, Servicio Público Complementario – Otros Fines con un área de 102.00 m2 y Renovación Urbana un área de 51.00 m2; los cuales deberán de redimirse en dinero previo a la Recepción de Obra de conformidad con el Articulo 10 de la Ordenanza N° 836-MML, Que, mediante Valorización N° 075-2009-SGPUC- GDU/MDA, de fecha 16 de Diciembre de 2009, se calculó el défi cit de aporte correspondiente a Recreación Pública con un área de 357.00 m2 y Otros Fines con un área de 102.00 m2; y, por Proyectos y Control de Obras la asciende a la suma S/.9,686.79 nuevos soles; y mediante Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 017-2010-MDA-GAT/ SGRyC, de fecha 29/04/10, se resuelve aprobar la solicitud de Fraccionamiento Nº 00011-2010-MDA-GAT/SGRyC de la Valorización N° 075-2009-SGPUC-GDU/MDA en 03 cuotas; y, mediante Recibo Nº 0006196505 de fecha 29/04/10 (1º cuota), Recibo Nº 0006266222 de fecha 31/05/10 (2º cuota) y Recibo Nº 0006334038 de fecha 01/07/10 (3º cuota), acreditan el pago total de dicha valorización, Que, mediante Resolución Jefatural Nº 1832-2011- ED emitido por el Ministerio de Educación, de fecha 15 de junio de 2011, se resuelve en su Artículo Primero aprobar la valorización ascendente a la suma de S/.1,979.67 (Mil novecientos setenta y nueve con 67/100 nuevos soles), correspondiente al défi cit del aporte para el Ministerio de Educación de área de 102.00 m2 del proceso de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno constituido por el predio rustico La Laguna – San Juan de Pariachi, Parcela 10722, altura del Km. 12.5 de la Carretera Central, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, mediante Boleta de Venta Nº 001-0005609 emitido por la Tesorería de dicha entidad, acreditan la cancelación del défi cit de dicho aporte reglamentario, Que, mediante Constancia de Cancelación de Aporte por Renovación Urbana emitido por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA, de fecha 26 de Noviembre de 2010; y, mediante Recibo de Caja Nº 000994, emitido por la Tesorería de dicha entidad, deja constancia que se ha cumplido con cancelar el pago del aporte por Renovación Urbana de área de 51.00 m2, cuyo importe asciende a S/. 918.00 (Novecientos dieciocho y 00/100 nuevos soles), del proceso de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media “RDM” del terreno de 10,000.00 m2, constituido por el predio rustico La Laguna – San Juan de Pariachi, Parcela 10722, altura del Km. 12.5 de la Carretera Central, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 261-2010 emitido por el Servicio de Parques de Lima, de fecha 02 de Marzo de 2011, resuelve aprobar la actualización de la valorización comercial del área de 102.00m2, correspondiente a la Habilitación Urbana para uso Residencial Densidad Media “RDM” del terreno de 5,100.00 m2, constituido por la Parcela Nº 10722 del Predio Rustico La Laguna, San Juan de Pariachi, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, ascendente al monto de S/. 28,560.00 (Veintiocho mil quinientos sesenta con 00/100 nuevos soles); y, mediante Recibo de Ingresos Nº 21-030126 de fecha 08 de marzo de 2011, Recibo de Ingresos Nº 21- 040052 de fecha 05 de abril de 2011 y Recibo de Ingresos Nº 21-050092, de fecha 09 de mayo de 2011, emitido por la Tesorería de dicha entidad, acreditan la cancelación del défi cit de dicho aporte reglamentario, Que, mediante Informe Nº 1039-2011-MDA/GDU- SGHUE-DLFM, de fecha 16 de Diciembre de 2011, emitido por el Área Técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones señala que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que los administrados han cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79° DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY Nº 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY N° 29090 – LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES, LEY Nº 29476, LEY QUE MODIFICA Y COMPLEMENTA LA LEY 29090, ORDENANZA Nº 836-MML, ORDENANZA Nº 273-MDA Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado Nº 046-11-SGPUC-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, suscrito por el Profesional Responsable Ing. Neil Giancarlo Aricoche Cuzquen con Registro C.I.P. 84276, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada denominado “Programa de Vivienda Mirafl ores de San Juan” para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” terreno con un área de 5,100.00 m2, constituido por la Unidad Catastral Nº 10722 Sector La Laguna, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Don ALEJANDRO ROJAS PALOMINO, en el plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir del inicio del expediente, hasta el 13 de mayo de 2012 bajo responsabilidad de la culminación de las obras de Habilitación Urbana en el terreno de 5,100.00 m2 teniendo en cuenta las características y especifi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA TOTAL: 5,100.00 m2 ÁREA ÚTIL TOTAL: 3,304.89 m2 ÁREA DE VÍAS: 1,795.11 m2 CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta a 5,100.00 m2 y de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, para la zonifi cación “RDM” – Residencial de Densidad Media, son las siguientes: