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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 10 de febrero de 2012 460725 PROVINCIA DE PASCO a) DISTRITO DE YANACANCHA (Sede de la Corte Superior de Justicia) • Primer Juzgado Penal que en adición de funciones actúa como Primer Juzgado Penal Unipersonal, en Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de Pasco, excepto la que compete al Juzgado de Paz Letrado de San Francisco de Asís de Yarusyacán y al Juzgado de Paz Letrado de Paucartambo. La carga procesal penal pendiente en materia del Código Procesal Penal, será remitida a los Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Pasco. • Segundo Juzgado Penal que en adición de funciones actúa como Segundo Juzgado Penal Unipersonal, en Primer Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Pasco. b) DISTRITO DE SAN FRANCISCO DE ASÍS DE YARUSYACÁN • Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, manteniendo su competencia territorial. c) DISTRITO DE PAUCARTAMBO • Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, manteniendo su competencia territorial. PROVINCIA DE DANIEL ALCIDES CARRIÓN • Juzgado Mixto que en adición de funciones actúa como Tercer Juzgado Penal Unipersonal, en Juzgado Mixto en adición de funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Daniel Alcides Carrión. • Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, manteniendo su competencia territorial. Artículo Segundo.- Crear en el Distrito Judicial de Pasco a partir del 1 de junio de 2012, los siguientes órganos jurisdiccionales: PROVINCIA DE PASCO • Sala Mixta Transitoria en adición de funciones Sala Penal Liquidadora Transitoria, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. • Segundo Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Pasco. • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios, con competencia territorial en la Provincia de Pasco. La carga procesal penal pendiente del Primer y Segundo Juzgado Penal de la Provincia de Pasco, en materia del Código de Procedimientos Penales, será asumida por los juzgados penales liquidadores transitorios materia de creación. PROVINCIA DE DANIEL ALCIDES CARRIÓN • Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia territorial en la Provincia de Daniel Alcides Carrión. Artículo Tercero.- Disponer que a partir del 1 de junio de 2012, se amplíe la competencia para conocer todos los delitos del Código Penal, conforme a las competencias otorgadas por el Código Procesal Penal, a los siguientes órganos jurisdiccionales: PROVINCIA DE PASCO • Sala Mixta en adición de funciones Sala Penal de Apelaciones, debiendo remitir su carga procesal pendiente en materia del Código de Procedimientos Penales a la Sala Mixta Transitoria materia de creación. • Juzgado de la Investigación Preparatoria, el cual se denominará Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de Pasco, excepto la que compete al Juzgado de Paz Letrado de San Francisco de Asís de Yarusyacán y al Juzgado de Paz Letrado de Paucartambo. PROVINCIA DE DANIEL ALCIDES CARRIÓN • Juzgado Mixto en adición de funciones Juzgado Penal Unipersonal, debiendo remitir su carga procesal pendiente en materia del Código de Procedimientos Penales al Juzgado Penal Liquidador Transitorio materia de creación. Artículo Cuarto.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial, a partir del 1 de junio de 2012, cuando la exigencia del juzgamiento lo requiera se conformará con los jueces de los juzgados penales unipersonales del Distrito Judicial de Pasco, y tendrá competencia territorial en el citado distrito judicial. Artículo Quinto.- Disponer las siguientes normas complementarias: • Las Salas Penales y Juzgados Penales Liquidadores asumirán la carga procesal de todos los procesos tramitados bajo el régimen procesal penal anterior, hasta su culminación. • Los órganos jurisdiccionales creados como liquidadores con carácter transitorio, tendrán una vigencia en su funcionamiento de seis meses, cuya prórroga, conversión o reubicación será decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. • El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial estará conformado por Jueces Especializados. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Pasco y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución y una adecuada implementación del Código Procesal Penal. Artículo Sétimo.- Dejar sin efecto o modifi car según corresponda las resoluciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Octavo.- Los gastos que genere la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Pasco, serán con cargo a las partidas presupuestales correspondientes al Año Fiscal 2012, y a las establecidas de conformidad con la Ley N 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012. Artículo Noveno.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Pasco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CESAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 751851-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban Cronograma Trimestral de realización de Audiencias Públicas Extraordinarias que efectuarán las Salas Penales para Procesos con Reos en Cárcel, Sala Mixta de Ate Vitarte, Sala Mixta Transitoria Descentralizada de San Juan de Lurigancho y Salas Penales Especiales de Lima para el Año Judicial 2012 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 115-2012-P-CSJLI-PJ Lima, 09 de febrero de 2012