Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 54

460732

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

de Elecciones bajo el regimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-97-TR, el concurso publico de meritos y la designacion en un cargo de confianza. Que, mediante Resolucion N° 008-2002-P/JNE, de fecha 16 de enero de 2002, se hace referencia a que la Ley N° 27594, permite la designacion de funcionarios de confianza mediante Resolucion del Titular del Pliego. Que, asimismo, mediante la Resolucion precitada en el considerando precedente, se designo a la senora C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza como Gerente de la Oficina de Control Interno y Auditoria del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo el regimen laboral de la actividad privada, en concordancia con lo dispuesto por el articulo 26 de la Ley Nº 26486. Que, el articulo 3° de la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, senala que dicha MORDAZA es de aplicacion, entre otros, a los Organismos Autonomos creados por la Constitucion Politica del Estado y por ley, e instituciones y personas de derecho publico, por lo que, es de aplicacion al MORDAZA Nacional de Elecciones. Que, el articulo 17° de la Ley referida en el considerando precedente, senala que el Organo de Auditoria Interna mantiene una relacion funcional con la Contraloria General, efectuando su labor, de conformidad con los lineamientos y politicas que para tal efecto establezca el Organismo Superior de Control; asimismo, el articulo 18° de la misma MORDAZA, dispone: "El Jefe del Organo de Auditoria Interna mantiene una vinculacion de dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General, en su condicion de ente tecnico rector del Sistema, sujetandose a sus lineamientos y disposiciones. En el desempeno de sus labores, actua con independencia tecnica dentro del ambito de su competencia; ademas, el articulo 19° de la MORDAZA glosada, dispone que la Contraloria General, aplicando el MORDAZA de caracter tecnico y especializado del control, nombra mediante concurso publico de meritos a los Jefes de los Organos de Auditoria Interna, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General. Los Jefes de los Organos de Auditoria Interna pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad del servicio. La Contraloria General regula la separacion definitiva del Jefe del Organo de Auditoria Interna de acuerdo a las causales, procedimientos e incompatibilidades que establezca para tal efecto, atendiendo al regimen laboral prescrito en el articulo 36. Las entidades sujetas a control proporcionaran personal, recursos y los medios necesarios para el ejercicio de la funcion de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloria General". Que, mediante Resolucion N° 459-2008-CG, de fecha 28 de octubre de 2008, se aprobo el Reglamento de los Organos de Control Institucional, que en su articulo 24°, senala: "La designacion del Jefe del OCI es competencia exclusiva y excluyente de la Contraloria General y se efectua mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano. La designacion se sujeta a lo dispuesto por el articulo 19 de la Ley, y se efectua a traves de las siguientes modalidades: a) Por Concurso Publico de Meritos, convocado por la Contraloria General, a nivel nacional, regional o local, segun corresponda, el cual podra comprender a una o mas entidades. La convocatoria se publicara en el Diario Oficial El Peruano y en uno de circulacion nacional. Dicho MORDAZA podra efectuarse con la participacion de empresas consultoras especializadas en evaluacion y seleccion de personal, de considerarse conveniente, b) Por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General, de acuerdo a las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloria General, c) Por traslado, en la oportunidad que la Contraloria General considere conveniente y de acuerdo a las disposiciones que dicte sobre el particular". Que, el articulo 2° de la Ley N° 29555, Ley que implementa la incorporacion progresiva de las plazas y presupuesto de los Organos de Control Institucional a la Contraloria General de la Republica, senala: "Las normas contenidas en la presente Ley son de obligatorio cumplimiento para las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control previstas en el articulo 3 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, independientemente

del regimen laboral o fuente de financiamiento bajo el cual operen dichas entidades; asi como para el personal de sus organos de control institucional". Que, el numeral 6.1 del articulo 6° de la Ley precitada en el considerando precedente, senala: "La incorporacion de las plazas y presupuesto de los organos de control institucional a la Contraloria General de la Republica se efectua de manera progresiva a partir del ano 2011. La Contraloria General de la Republica dicta los procedimientos y los plazos para ejecutar este proceso; asimismo, el articulo 7° de la misma MORDAZA, senala: "El personal del organo de control institucional que ha ingresado por concurso publico de meritos a las plazas de dichos organos es transferido a la Contraloria General de la Republica, independientemente de su regimen laboral, y son cesados y liquidados en sus derechos y beneficios por su entidad de origen a la fecha en que inicien sus labores en la Contraloria General de la Republica. La nueva relacion laboral con la Contraloria General de la Republica es bajo el regimen laboral dispuesto en el articulo 36 de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, sujetandose a las condiciones laborales de dicho organismo". Que, mediante Oficio N° 01173-2011-CG/GOCI, de fecha 02 de agosto de 2011, el Gerente de Gestion de Organos de Control Institucional (e) de la Contraloria General de la Republica, senalo que de acuerdo a la evaluacion de la informacion presentada por el MORDAZA Nacional de Elecciones, la Contraloria General de la Republica ha determinado que la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se encuentra dentro de los alcances del articulo 7° de la Ley N° 29555, al no haber acreditado su ingreso por Concurso Publico de Meritos, por lo que, no corresponde su incorporacion directa a la Contraloria General de la Republica; asimismo, senala que dicha senora continuara ejerciendo el cargo de Jefe del Organo de Control Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones hasta cuando se designe al Titular de dicho cargo. Que, en concordancia con el Reglamento de los Organos de Control Institucional, mediante Resolucion de Contraloria N° 028-2012-CG, de fecha 16 de enero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de enero de 2012, se resuelve efectuar el traslado de los profesionales que ocuparan los cargos de Jefe de Organo de Control Institucional, entre los cuales se encuentra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha sido trasladado al MORDAZA Nacional de Elecciones. Que, teniendo en cuenta que la designacion del Jefe del Organo de Control Institucional, es competencia exclusiva y excluyente de la Contraloria General y se efectua mediante Resolucion de Contraloria publicada en el Diario Oficial El Peruano, la misma que ha sido publicada el 18 de enero de 2012, tal como se menciona en el considerando precedente, es necesario dar cumplimiento a dicha Resolucion. Que, en uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del MORDAZA Nacional de Elecciones, modificado por Resolucion N° 738-2011-JNE, de fecha 13 de octubre de 2011, la Ley N° 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Reglamento de los Organos de Control Institucional, aprobado mediante Resolucion N° 459-2008-CG; y, la Ley N° 29555, Ley que implementa la incorporacion progresiva de las plazas y presupuesto de los Organos de Control Institucional a la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar cumplimiento a la Resolucion de Contraloria N° 028-2012-CG, de fecha 16 de enero de 2012, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de enero de 2012, en donde se resuelve efectuar el traslado de los profesionales que ocuparan los cargos de Jefe de Organo de Control Institucional, entre los cuales se encuentra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha sido trasladado al MORDAZA Nacional de Elecciones; por lo que, se da por concluida la designacion de la C.P.C MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Gerente de la Oficina de Control Interno y Auditoria del MORDAZA Nacional de Elecciones, a partir de la incorporacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Jefe del Organo de Control Institucional de nuestra Institucion, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo Segundo.- Transcribir la presente Resolucion a la funcionaria referida en el articulo precedente, a la Direccion Central de Gestion Institucional, a la Direccion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.