Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

Judicial del MORDAZA, seran con cargo a las partidas presupuestales correspondientes al Ano Fiscal 2012, y a las establecidas de conformidad con la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012. Articulo Noveno.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Ministerio de Economia y Finanzas, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia del MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente

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Convierten y crean diversos organos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 017-2012-CE-PJ
MORDAZA, 26 de enero de 2012 VISTOS: El Oficio N° 100-2012-ETI-CPP/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; Oficio N° 15-2012-DPD-PJ, remitido por el Presidente de la SubComision de Trabajo del mencionado Equipo Tecnico, Informe Nº 005-2012-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial; y el Oficio N° 17252011-P-CSJHN/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huanuco. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgo el Codigo Procesal Penal y en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias se establecio su vigencia progresiva en los diferentes Distritos Judiciales segun calendario oficial. En tal sentido, y de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo 004-2011-JUS, publicado el 31 de MORDAZA de 2011, que ha dispuesto la entrada en vigencia de la citada MORDAZA procesal en el Distrito Judicial de MORDAZA para el 1 de junio del ano en curso; corresponde dictar las medidas pertinentes con tal objeto. Segundo. Que mediante Ley Nº 28994 se modifico el articulo 18° del Decreto Legislativo N° 958, que regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad del Codigo Procesal Penal; estableciendo que el Poder Judicial implementara una organizacion de despacho judicial para conocer los nuevos procesos penales bajo el criterio de carga cero; contando a su vez con jueces dedicados exclusivamente a concluir con los procesos penales iniciados MORDAZA de la vigencia de la citada MORDAZA procesal; Tercero. Que, asimismo, el articulo 13° del Decreto Legislativo N° 958, preve la facultad de integrar, indistintamente, los Juzgados Penales Unipersonales y Colegiados, por los mismos Jueces, pudiendo inclusive establecerse Juzgados Penales Supraprovinciales. Cuarto. Que el MORDAZA de implementacion se sujeta en los siguientes criterios: a) Conversion de los actuales organos jurisdiccionales penales en los necesarios bajo el MORDAZA sistema procesal penal; b) Creacion de organos jurisdiccionales indispensables en caso que la conversion resulte insuficiente para disenar la organizacion del MORDAZA despacho judicial; c) Creacion de Juzgados Penales Liquidadores en numero necesario, para procurar liquidar los expedientes tramitados bajo el sistema procesal anterior en el menor tiempo posible; d) Crear una organizacion flexible a efectos que de acuerdo al flujo de carga procesal los Jueces de los Juzgados Penales Unipersonales, puedan conformar el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial; e) Por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalizacion de recursos, excepcionalmente los

Juzgados Mixtos en adicion a sus funciones pueden asumir competencias de Juzgados Penales Unipersonales o de la Investigacion Preparatoria, respectivamente; y, f) Por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalizacion de recursos, excepcionalmente los Juzgados de Paz Letrados en adicion a sus funciones pueden asumir competencia de Juzgados de la Investigacion Preparatoria. Quinto. Que el Distrito Judicial de MORDAZA atiende jurisdiccionalmente a nueve provincias del Departamento Huanuco; con poblacion total aproximada de 780 153 habitantes, conforme al Censo Nacional X de Poblacion y V de Vivienda, y funcionan dos MORDAZA Superiores Penales, siete Juzgados Especializados Penales Permanentes, tres Juzgados Especializados Penales Transitorios; doce Juzgados Mixtos, y dieciocho Juzgados de Paz Letrados. Sexto. Que se ha disenado una propuesta de conformacion de organos jurisdiccionales para la implementacion del Codigo Procesal Penal en el mencionado Distrito Judicial orientada a brindar servicio eficiente y racionalizado de los recursos presupuestarios para ese proposito, previstos en la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012. Setimo: Que, el articulo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 0752012 de la cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores San MORDAZA MORDAZA, Almenara MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir en el Distrito Judicial de MORDAZA, a partir del 1 de junio de 2012, los siguientes organos jurisdiccionales, en la forma que se indica a continuacion: PROVINCIA DE MORDAZA · Sala Penal, en Sala Penal Liquidadora, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial. · Primer Juzgado Penal que en adicion de funciones actua como Primer Juzgado Penal Unipersonal, en Primer Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Huanuco. · MORDAZA Juzgado Penal, en MORDAZA Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de MORDAZA, excepto los Distritos de MORDAZA y Pilcomarca. · Tercer Juzgado Penal, en Tercer Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de MORDAZA, excepto los Distritos de MORDAZA y Pilcomarca. · MORDAZA Juzgado Penal que en adicion de funciones actua como MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal, en MORDAZA Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Huanuco. · MORDAZA Juzgado Penal que en adicion de funciones actua como Tercer Juzgado Penal Unipersonal, en Tercer Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en la Provincia de Huanuco. · Juzgado Penal Transitorio, en Primer Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia territorial en la Provincia de Huanuco. PROVINCIA DE MORDAZA MORDAZA a)SEDE MORDAZA MORDAZA · Juzgado Penal, en Primer Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia territorial en la Provincia de MORDAZA MORDAZA y el Distrito de MORDAZA de la Provincia de Huamalies, excepto el Distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA de la Provincia de MORDAZA Prado. · Primer y MORDAZA Juzgados Penales Transitorios, en Primer y MORDAZA Juzgados Penales Liquidadores Transitorios, respectivamente; con competencia territorial en la Provincia de MORDAZA MORDAZA y el Distrito de MORDAZA de la Provincia de Huamalies.

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