Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2012 (10/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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anillado y por duplicado, tambien forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 184-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/ CR, de fecha 01 de Agosto del 2007, y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 25 dias del mes de noviembre del 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 16 dias del mes de diciembre del 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas

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Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) modificado de la Red de Salud de Bagua
ORDENANZA REGIONAL Nº 301 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional del Gobierno Regional Amazonas, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru del 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley 27867 y sus modificatorias, en Sesion Ordinaria de fecha 23 de Noviembre del 2011, ha aprobado por unanimidad emitir la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15°, Inc. "a" de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, senala como una de las atribuciones del Consejo Regional, el de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; contexto en el cual se encuentra facultado para aprobar los documentos de gestion, entre otros, de la Sede y Dependencias Publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38° del mencionado cuerpo normativo que establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general la organizacion y la administracion del Gobierno Regional, son aprobadas por el Consejo Regional y promulgadas por la Presidencia Regional; Que, la Direccion Ejecutiva de la Red de Salud de Bagua, por intermedio de la Direccion Regional de Salud Amazonas, ha tramitado al Gobierno Regional de Amazonas, la propuesta del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) reformulado de la mencionada Dependencia, para su aprobacion, de conformidad a las normas legales vigentes; el mismo que luego de ser evaluado por el Consejo Regional, se ha determinado que, la modificacion del CAP de la Red de Salud de Bagua, obedece al nombramiento de 02 profesionales de la Salud no medicos, en el MORDAZA de la Ley Nº 28498, y 07 profesionales tecnicos asistenciales

y administrativos, en el MORDAZA de la Ley Nº 28560, y el financiamiento de 02 plazas de Confianza del nivel F3; Que, las modificaciones introducidas en el Cuadro para Asignacion de Personal CAP, de la Red de Salud de Bagua, por las acciones de personal implementadas, de acuerdo a lo senalado en el parrafo precedente, han sido realizadas con sujecion a las normas legales vigentes, entre ellos el D.S. Nº 043-2004-PCM, que aprueba los Lineamientos para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) en las Entidades de la Administracion Publica, donde se refleja que dichos cambios, no han variado el total de plazas, ni afectan los margenes de porcentajes de los cargos de confianza y cargos correspondientes a los Organos de Asesoramiento y Apoyo, establecidos en la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico y en el indicado D.S. Nº 043-2004-PCM; asi como se enmarcan en las normas del Sector, entre ellas en la R.M. Nº 1160-2004/MINSA, que aprueba las Disposiciones Complementarias para la Elaboracion y Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, en las dependencias y establecimientos de Salud; Que, el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Red de Salud de Bagua, actualizado a la fecha, registra un total de 301 plazas, de las cuales 97 son plazas ocupadas y 204 son plazas previstas, constituyendose en un instrumento basico de gestion, que plasma el estado real de la distribucion de los cargos y por ende del recurso humano, sobre la base de su estructura organica vigente, con lo cual se garantiza la mision, vision y objetivos de la Institucion en la prestacion de un servicio acorde a los lineamientos de politica del Sector, dentro del ambito jurisdiccional que administra; por lo que contando con la opinion legal favorable de los Organos de Asesoramiento y de Planeamiento de la Red de Salud de Bagua; opinion tecnica favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional Amazonas, a traves de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informatica; y, contando con el Dictamen favorable de la Comision Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es conveniente su aprobacion mediante la MORDAZA regional correspondiente; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional N° 022, mediante Acuerdo N° 196 de fecha 24 de Noviembre del 2011, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37° de la Ley N° 27867 y sus modificatorias N° 28968 y 29053 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Articulo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) modificado, de la Red de Salud de BAGUA, que en un anillado con 43 folios, por duplicado, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 287-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 13 de MORDAZA del 2011, y deroguese toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 25 dias del mes de Noviembre del 2011. MORDAZA MORDAZA MONJE. Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 16 dias del mes de Diciembre de 2011. MORDAZA BERLEY MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional Amazonas.

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