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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (26/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de febrero de 2012 461490 el Artículo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General1; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009- 93-EM; en la Ley 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en lo dispuesto en la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la nueva Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, aprobada por Resolución OSINERGMIN N° 226-2011-OS/CD (MOD INV_2011). Artículo 2°.- Modifi car la “Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2011” (MOD INV_ 2012), aprobada por Resolución OSINERGMIN N° 013- 2012-OS/CD. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y consignada, junto con las carpetas “MOD INV_2011” y “MOD INV_ 2012”, que contienen las Bases de Datos a que se refi eren los Artículos 1° y 2°, en la página Web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 1 Artículo 3.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: … 4. Motivación.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico… 756752-3 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Modifican el Anexo Nº 2 de la Res. Nº 038-2009-SUNASS-CD, modificada por la Res. Nº 052-2009-SUNASS-CD, que aprobaron fórmulas y estructuras tarifarias, y metas de gestión de EPSEL S.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 010-2012-SUNASS-CD Lima, 15 de febrero de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 143-2012-EPSEL SA/GG del 03 de febrero de 2012, remitido por EPSEL S.A.; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2009-SUNASS-CD del 14 de octubre de 20091, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 052- 2009-SUNASS-CD del 13 de noviembre de 20092, se aprobaron las fórmulas tarifarias, estructuras tarifarias y metas de gestión de EPSEL S.A. para los próximos cinco (05) años; Que, mediante el ofi cio de vistos, EPSEL S.A. solicitó que el Consejo Directivo de la SUNASS precise los alcances de la Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2009-SUNASS-CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2009-SUNASS-CD, respecto al otorgamiento del incremento tarifario; Que, a través del Informe Nº 031-2012/SUNASS-120- F del 06 de febrero de 2012, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización de la SUNASS evaluó la solicitud presentada por EPSEL S.A., recomendando modifi car las condiciones para el otorgamiento del incremento tarifario; De conformidad con lo establecido en la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332; la Ley General de Servicios de Saneamiento, Ley Nº 26338; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 023- 2005-VIVIENDA; el Reglamento General de la SUNASS, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM; y el Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD; El Consejo Directivo en su sesión del 08 de febrero de 2012; HA RESUELTO: Artículo Único.- MODIFICAR el último párrafo del numeral II del Anexo Nº 2 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 038-2009-SUNASS-CD, modifi cada por Resolución de Consejo Directivo Nº 052-2009-SUNASS- CD, en los términos siguientes: “II. Incrementos Tarifarios (...) Asimismo, cabe mencionar que el Consejo Directivo podrá elegir de manera discrecional dos (02) metas de gestión, cuyos cumplimientos no serán considerados en la elaboración del Índice de Cumplimiento Global (ICG). Finalmente, la EPS se encuentra facultada a postergar el cumplimiento de un indicador a nivel de localidad de hasta cinco (05) localidades, sin que ello implique la exoneración de la meta para los siguientes años regulatorios.” Con el voto aprobatorio de los señores Consejeros José Salazar Barrantes, Jorge Luis Olivarez Vega, Marlene Amanda Inga Coronado y Julio Baltazar Durand Carrión. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ SALAZAR BARRANTES Presidente del Consejo Directivo 1 Publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 16 de octubre de 2009. 2 Publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de noviembre de 2009. 756696-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje del Presidente del BCRP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N°007-2012-BCRP Lima, 23 de febrero de 2012 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Banco Central de la República Argentina para que el Presidente del Banco