Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2012 (12/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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prohibido que dichos actos condicionen su aplicacion a creditos presupuestarios mayores o adicionales a los establecidos en los presupuestos, bajo sancion de nulidad y responsabilidad del Titular de la Entidad y de la persona que autoriza el acto, por lo que el pago de la bonificacion especial mensual por preparacion de clases y evaluacion, deben supeditarse a la disponibilidad presupuestaria que transfiera el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, asimismo, el inciso a) del articulo 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el articulo 13º de la Ley 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, senalan que las competencias de la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas estan orientadas a la conduccion del MORDAZA presupuestario; Que, el articulo 37º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, establece que los Gobiernos Regionales a traves de sus organos de Gobierno dictan las normas y disposiciones respectivas; correspondiendo a la Presidencia Regional emitir Decretos Regionales los mismos que, conforme al articulo 40º de la misma Ley, establecen normas reglamentarias para la ejecucion de Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administracion Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes ciudadano, contando para ello con el acuerdo de directorio de Gerencias Regionales; por lo que tratandose el MORDAZA de la materia de orden general y de interes ciudadano resulta procedente aprobar el Decreto Regional que dicte las disposiciones para aplicar en la resolucion de peticiones administrativas sobre pago de la bonificacion especial mensual por preparacion de clases y evaluacion, los criterios interpretativos establecidos por el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y las resoluciones emitidas por el Tribunal del Servicio Civil - SERVIR; Que, en el Directorio de Gerentes de fecha de 05 de MORDAZA de 2012, se propuso, discutio y aprobo que en el calculo de la bonificacion especial mensual por preparacion de clase y evaluacion, previsto en el articulo 48º de la Ley Nº 24029 - Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, que realicen las unidades ejecutoras de Educacion del Pliego Presupuestal: 463 Gobierno Regional Departamento de MORDAZA, se MORDAZA en cuenta el monto de la remuneracion total o integra; Que de conformidad con las atribuciones que le confiere los articulos 20º y 21º inciso d) y articulo 40º de la Ley 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales; y con el Acuerdo del Directorio de los Gerentes Regionales; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER que en el calculo de la bonificacion especial mensual por preparacion de clase y evaluacion, previsto en el articulo 48º de la Ley Nº 24029 Ley del Profesorado, modificada por la Ley Nº 25212, que realicen las Unidades Ejecutoras de Educacion del Pliego Presupuestal: 463 Gobierno Regional Departamento de MORDAZA, se MORDAZA en cuenta el monto de la remuneracion total o integra. Articulo Segundo.- DISPONER, que a partir del siguiente dia de la publicacion del presente Decreto Regional, las Unidades Ejecutoras de Educacion del Pliego Presupuestal: 463 Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA establezcan los procedimientos administrativos para la aplicacion de lo dispuesto en el Articulo Primero del presente Decreto Regional, incluyendo aquellas peticiones y/o recursos administrativos que se encuentren en tramite aun pendientes de resolver. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el pago de la bonificacion especial mensual por preparacion de clases y evaluacion que resulte de la aplicacion de lo dispuesto en los Articulos Primero y MORDAZA estan supeditados y limitados a los creditos presupuestarios autorizados en la Ley de Presupuesto Anual y/o creditos suplementarios de conformidad a lo establecido en los articulos 26º, 27º y 39º, numeral 39.1, literal a) de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Articulo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a las Unidades Ejecutoras de Educacion del Pliego Presupuestal: 463 Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, para su cumplimiento y fines pertinentes. Articulo Quinto.- DISPONGASE la publicacion del presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano,

en el diario local de mayor circulacion, asi como en el MORDAZA de Transparencia del Gobierno Regional de Lima. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 06 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente Regional 812215-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban transferencias financieras a diversas municipalidades para la fase de inversion de proyectos
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 52 -2012-CR /GRM 21 junio del 2012 VISTO: en Sesion Extraordinaria Nº 10-2012-CR/GR.M, de fecha 21 de junio del 2012, del Consejo Regional de MORDAZA, la aprobacion de la Transferencia Financiera del Pliego 455 Gobierno Regional de MORDAZA al Pliego de la Municipalidad Distrital de Yunga; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado con la Ley Nº 28607, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; cuyo titular es el Presidente Regional; Que, la Municipalidad Distrital de Yunga viene solicita la transferencia financiera del presupuesto asignado a proyecto "Construccion de Defensas Riverenas en los Anexos de Yunga, la Pampilla y Exchaje, Distrito de Yunga ­ Provincia Gral. MORDAZA Cerro ­ Region Moquegua" en el Presupuesto Participativo 2012; para que en calidad de Unidad Ejecutora elabore el Estudio Definitivo y ejecute el proyecto. A cuyo efecto, la Gerencia de Infraestructura emite opinion para la transferencia financiera de S/.500,000.00 Nuevos Soles; senalando el Proyecto de Inversion "Construccion e Implementacion de la Unidad Operativa de Servicios y Equipo Mecanico del Gobierno Regional Moquegua", como habilitador; el cual no se ejecutara en el presente ejercicio. En este sentido, la Sub Gerencia de Presupuesto y Hacienda emite el informe financiero de disponibilidad presupuestaria de la Unidad Ejecutora 001 Region MORDAZA ­ Sede Central ­ ano 2012; para el proyecto en mencion, hasta por un monto de S/.500,000.00 Nuevos Soles. Monto que debe ser utilizado para la elaboracion del expediente tecnico y la ejecucion del Proyecto; en cuyos terminos la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial emite opinion favorable para la transferencia financiera del Presupuesto Institucional del Pliego 455 Gobierno Regional de MORDAZA al Pliego Municipalidad Distrital de Yunga a fin de cofinanciar el proyecto en mencion; afectando a la fuente de financiamiento 5 Recursos determinados ­ Rubro 18: Canon, Sobrecano, Regalias, Renta de Aduanas y Participaciones. Que, en el numeral 10 del Articulo 8° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el inciso f) del articulo 4° de la Ley N° 27787, Ley de Bases de la Descentralizacion, se considera el MORDAZA de SUBSIDIARIEDAD, en el cual se debe regir la gestion del Gobierno Regional Moquegua; teniendo presente que el gobierno mas cercano a la poblacion es el mas idoneo para ejercer las distintas funciones que le competen al Estado; por la sencilla razon de que las actividades de gobierno en sus distintos niveles alcanza mayor eficacia, eficiencia y control de la poblacion si se efectuan descentralizadamente; lo que se lograra al

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