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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2012 (12/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de julio de 2012 470416 Segundo.- Confi rmar la Resolución 224-2010/ CFD-INDECOPI del 22 de diciembre de 2010 que dio por concluido el procedimiento de investigación por prácticas de dumping iniciado por Resolución 173- 2009/CFD-INDECOPI, sin la imposición de medidas defi nitivas. Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” conforme a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto Supremo 006- 2003-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo 004- 2009-PCM. Con la intervención de los señores vocales Héctor Tapia Cano, Juan Ángel Candela Gómez de la Torre, Raúl Francisco Andrade Ciudad y Edgardo Enrique Rebagliati Castañón. HÉCTOR TAPIA CANO Vicepresidente 812521-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Directora del RNP del OSCE RESOLUCIÓN Nº 185-2012-OSCE/PRE Jesús María, 11 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 57 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, es un organismo público adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, estando su personal sujeto al régimen laboral de la actividad privada; Que, mediante Resolución Nº 173-2012-OSCE/PRE, de fecha 02 de julio de 2012, se encargó, a partir del 02 de julio de 2012, las funciones de Director del RNP a la señora Jenny María Guillén Tello, Sub Director de Operaciones Registrales, en tanto se designe a su titular; Que, se ha considerado conveniente designar al profesional que ocupará el cargo de Director del RNP del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, por lo que resulta necesario dar por concluida la encargatura de funciones, así como emitir el acto de designación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789- 2011-EF/10; y con la visación de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir del 12 de julio de 2012, la encargatura de funciones de Director del RNP del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE de la señora Jenny María Guillén Tello, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir del 12 de julio de 2012, a la señora Miriam Ursula Bustamante Quiroz en el cargo de Director del RNP del OSCE, Cargo Nº 165 del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, cargo público considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 812985-1 ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan expedición de duplicados de diplomas de título de ingeniero civil y de grado académico de bachiller en administración de la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. N° 643-2012-CU-UNFV San Miguel, 12 de marzo de 2012 Visto, el Ofi cio Nº 1955-2011-OCAJ-UNFV de fecha 26.12.11, de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica de esta Universidad, mediante el cual remite los actuados, relacionado al Exp. Nº 8300-OTD-SG-UNFV con NT. 83541 de fecha 17.11.2011, a través del cual don WALTER RAÚL ARIAS LESCANO, solicita el duplicado de diploma de Título de Ingeniero Civil, expedido por la Facultad de Ingeneiría Civil de esta Casa Superior de Estudios; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.05, el mismo que fuera publicado con fecha 18.11.05, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, con fechas 21.01.06 y 14.06.06 respectivamente, se publicaron en el Diario Ofi cial El Peruano, la Resolución Nº 1525-06-ANR de la Asamblea Nacional de Rectores, que aprueba el Reglamento de duplicados de diplomas de Grados y Títulos profesionales expedidos por universidades del país; así como la Resolución Nº 1895- 2006-ANR, que modifi ca dicho Reglamento; Que, mediante Resolución R. Nº 2291-2006-UNFV de fecha 11.05.06, esta Universidad, estableció la tasa que abonarán los interesados, por concepto de duplicado de diploma de Grado Académico, Título Profesional, así como de Segunda Especialidad, en S/. 2,000.00 (Dos Mil y 00/100 Nuevos Soles), y los incluyó en el nuevo “Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de esta Universidad, aprobado mediante Resolución R. Nº 4871-2003-UNFV, de fecha 11.03.03; Que, mediante documento de fecha 17.11.11, don Walter Raúl Arias Lescano, solicita duplicado de diploma de Título de Ingeniero Civil, el cual fue expedido por esta Universidad el 23.06.05, señala que dicho diploma se habría perdido en circunstancias que el recurrente transitaba por la jurisdicción del distrito de Los Olivos; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para su atención, adjunta la copia de la denuncia policial y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancias de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, expedidas por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 09.11.11, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 23.06.05, expidió el Diploma de Título de Ingeniero Civil a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 66, Folio Nº 3 y Registro Nº 49501, el mismo que obra en la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Ofi cina de Registro de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Ofi cio Nº 01223-2011- ORGT-SG-UNFV del 23.11.11, señala que lo solicitado por don Walter Raúl Arias Lescano, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Título de Ingeniero Civil; En mérito a la opinión de la Ofi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Ofi cio Nº 1955-2011-OCAJ-UNFV, de fecha 26.12.11; estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 317-2011-R-UNFV, de fecha