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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2012 (24/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2012 471197 las enfermedades tropicales, a cargo del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), a realizarse en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Mayor William A. HAYES de los Estados Unidos de América, del 4 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico – Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales, a cargo del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), a realizarse en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 818203-5 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 833-2012-DE/SG Lima, 23 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 562 del 11 de julio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-2293 del 5 de junio de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, personal militar de los Estados Unidos de América ingresará a territorio de la República, del 4 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico – Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales, a cargo del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), a realizarse en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el Artículo Único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, del 4 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico – Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales, a cargo del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU- 6), a realizarse en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto. 1. Capitán de Navío Greg MARTIN 2. Capitán de Corbeta Mike ORAS Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el Artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 818203-6 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 834-2012-DE/SG Lima, 23 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 563 del 11 de julio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América y del Reino de los Países Bajos, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-2661 del 4 de julio de 2012, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América y del Reino de los Países Bajos; Que, personal militar de los Estados Unidos de América y del Reino de los Países Bajos ingresará a territorio de la República, del 4 al 18 de agosto de 2012, a fi n de participar en la campaña anual de Atención Médico – Terapéutica en el área de las enfermedades tropicales, a cargo del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU- 6), a realizarse en las localidades de Jen Jen, Hipólito y el Porvenir en el Río Momón, distrito de Punchana, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, el Artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso