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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de julio de 2012 471199 con el procedimiento establecido a fi n de efectivizar la transferencia del Programa de Complementación Alimentaria a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima, de conformidad con lo dispuesto en la mencionada Directiva Nº 004-2010-PCM/SD; Que, en virtud de lo expuesto, y con la fi nalidad de culminar el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria a las municipalidades distritales del ámbito de la Provincia de Lima, en cumplimiento de la normativa que rige el proceso de descentralización de los programas sociales, corresponde constituir una Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización; la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, encargada de efectuar el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria a los gobiernos locales distritales del ámbito de la Provincia de Lima, la cual estará integrada por: - El Viceministro de Prestaciones Sociales, quien la presidirá, - El Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, - La Directora General de la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, quien actuará como Secretario Técnico, y - Un representante del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) Artículo 2º.- La Comisión Sectorial de Transferencia a que se refi ere el artículo precedente, deberá coordinar con la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fi n de garantizar la coherencia y unidad en el proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria a los gobiernos locales distritales de la Provincia de Lima. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el portal electrónico institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe). Artículo 4º.- Remitir copia de la presente resolución a los gobiernos locales distritales y a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 818246-1 Declaran la tercera semana de octubre como la “Semana de la Inclusión Social” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2012-MIDIS Lima, 20 de julio de 2012 VISTOS: Los Memorandos Nº 093-2012/MIDIS-SG-OGPCP y Nº 100-2012-MIDIS/SG-OGPCP, de la Jefa de la Ofi cina General de Promoción de la Cooperación y Participación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; Que, en el ámbito de las atribuciones conferidas, el Ministerio se encuentra desarrollando un nuevo enfoque que permite afi nar las estrategias orientadas hacia la eliminación de la pobreza extrema, dirigiendo los esfuerzos a la implementación de intervenciones efectivas, mediante servicios de calidad adecuados a las necesidades específi cas de los usuarios, consolidando los procesos de focalización y gestión de información de usuarios, así como el ordenamiento de los criterios de ingreso y egreso de la población que participa en los programas sociales, considerando que la gestión del desarrollo e inclusión social requiere la articulación de todos los sectores y niveles de gobierno, así como de la comunidad organizada; Que, en ese contexto, con ocasión del primer año de creación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se ha considerado pertinente contar con un espacio de refl exión en torno a las experiencias y lecciones aprendidas sobre inclusión social, con especial énfasis en la situación de la población rural en extrema pobreza, como grupo poblacional que enfrenta difi cultades relacionadas con la geografía y ausencia histórica de servicios básicos, proponiéndose al efecto la ofi cialización de la “Semana de la Inclusión Social”, a realizarse durante la tercera semana del mes de octubre de cada año; Que, en adición, al celebrarse con fecha 15 de octubre el Día Mundial de la Mujer Rural, se propone que el presente año la “Semana de la Inclusión Social” aborde la temática sobre la masiva incorporación de la mujer en la economía, en la promoción y sostenibilidad del desarrollo rural y, en particular, sobre el rol primordial que ocupan las mujeres como socias directas del Estado, a través de su participación en los programas de alivio temporal de la pobreza extrema, en la ampliación de oportunidades y creación de capacidades, así como en el cumplimiento de las condicionalidades en educación y salud de los mencionados programas; Que, en relación con lo expuesto, dada la necesidad de avanzar en la celebración de compromisos a favor de la igualdad de oportunidades, así como de la promoción del empoderamiento de las mujeres para que ejerzan sus derechos y participen plenamente en la economía, se ha considerado que durante la “Semana de la Inclusión Social” del presente año se realicen actividades con participación de altos funcionarios y especialistas del Perú, de América Latina y el extranjero, así como de líderes de la sociedad civil; Que, atendiendo a lo expuesto, se considera pertinente declarar la tercera semana del mes de octubre de cada año como la “Semana de la Inclusión Social” y, particularmente, el presente año, en el marco del mencionado evento, dedicar espacios de refl exión al “Rol de las Mujeres como Socias para el Desarrollo”; Con el visado de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Promoción de la Cooperación y Participación, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo previsto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la tercera semana del mes de octubre de cada año como la “Semana de la Inclusión Social”.