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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2012 (27/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 27 de julio de 2012 471523 - Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal para la priorización de proyectos; - Aviso de convocatoria; - Resolución de designación del Comité Especial; - Modelo de Bases de Selección de la Empresa Privada incluyendo sus anexos, así como la resolución de aprobación o integración de las mismas; - Modelo de Bases de selección de la entidad privada supervisora incluyendo sus anexos y el modelo de contrato; y - Actas de recepción de ofertas y adjudicación de la buena pro. Los documentos antes señalados se publicarán en el portal institucional de PROINVERSIÓN. Segunda.- De las Mancomunidades Municipales y Juntas de Coordinación Interregional Las disposiciones contenidas en el Capítulo II, no son de aplicación a las Mancomunidades Municipales ni a las Juntas de Coordinación Interregional. Tercera.- De los Programas de Inversión Las disposiciones del presente Reglamento son de aplicación para la ejecución de Programas de Inversión formulados, evaluados y declarados viables conforme a la normatividad del SNIP. Cuarta.- Emisión de normas complementarias La SUNAT, la DGETP, la Dirección General del Presupuesto Público, la Dirección General de Contabilidad Pública, la Dirección General de Política de Inversiones, la Dirección General de Política de Ingresos Públicos y la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas podrán emitir las normas complementarias necesarias, en materia de su competencia, para la adecuada implementación de lo dispuesto por el presente Reglamento. Quinta.- De la aplicación de normas supletorias En caso que no se contraponga a la naturaleza, objeto y fi nalidad de la Ley Nº 29230 y su Reglamento, se aplicarán supletoriamente el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, y disposiciones sustitutorias. Sexta.- De la verifi cación del cumplimiento de plazos De conformidad con la normatividad vigente sobre la materia corresponde al Órgano de Control Interno de cada GR y/o GL verificar el cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley y en el presente Reglamento, a efecto de disponer las acciones correctivas pertinentes y determinar las responsabilidades que correspondan. Sétima.- De la Sociedad Auditora De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29230, la sociedad auditora designada por la Contraloría General de la República para la verifi cación del monto total invertido para el desarrollo del proyecto, realizará la mencionada verifi cación a la culminación del mismo y antes de la emisión del CIPRL respectivo o del último CIPRL en el caso que se hubiera previsto la emisión de CIPRL por avances de obra. En consecuencia, el GR, GL, Mancomunidad Municipal o Junta de Coordinación Interregional deberá prever con antelación, la contratación de la referida sociedad auditora con el fi n de no afectar la emisión oportuna de los CIPRL que correspondan. 820520-5 Designan Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2012-EF Lima, 26 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 049-2012- EF se encargaron las funciones de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN al señor Héctor René Anselmo Rodríguez Piazze; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto la encargatura de funciones conferida al referido funcionario y designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y en el Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado por Resolución Ministerial N.º 225-2011-EF/10; y, estando a lo acordado; SE RESUELVE Artículo 1°.- Dejar sin efecto la encargatura de funciones de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, conferida al señor Héctor René Anselmo Rodríguez Piazze, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Javier Hernando Illescas Mucha en el cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 820520-6 Ratifican el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 28 de junio de 2012, mediante el cual se aprobó el texto modificado del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto El Chaco La Puntilla Lote E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2012-EF Lima, 26 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 159-2001- EF del 08 de marzo de 2001, se ratifi caron los acuerdos adoptados con fechas 18 de diciembre de 2000 y 12 de febrero de 2001, por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, a través de los cuales se estableció la entrega en concesión al sector privado del Proyecto El Chaco La Puntilla, a desarrollarse en el distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCM; y, asimismo, se aprobó el respectivo Plan de Promoción de la Inversión Privada; Que, por Resolución Suprema Nº 195-2003-EF del 30 de setiembre de 2003, se ratifi có el Acuerdo Nº 57-03-2003 adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión del 06 de agosto de 2003, por el cual se aprobó la modifi cación del Plan de