Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2012 (27/07/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

471524

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2012

Promocion correspondiente al Proyecto El Chaco La Puntilla, estableciendose que la modalidad aplicable a dicho MORDAZA sea la mencionada en el Literal a) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 032-2007-EF del 26 de MORDAZA de 2007, se ratifico el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion del 20 de marzo de 2007, en virtud al cual se aprobo modificar el Plan de Promocion del Proyecto El Chaco La Puntilla, precisandose que la modalidad de promocion de la inversion privada del Lote E seria la de usufructo, en aplicacion de lo dispuesto en el Literal c) del Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, para la construccion y operacion de un Embarcadero Turistico; adicionalmente se establecio la transferencia de Lote E a favor de la Municipalidad Distrital de Paracas y las condiciones bajo las que esta se realizaria; Que, mediante Acuerdo Nº 475-4-2012-CPD del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en su sesion del 28 de junio de 2012, se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto El Chaco La Puntilla aplicable al Lote E, modificado de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Nº 16-2-2012-Turismo del 4 de junio de 2012 aprobado por el Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura y Servicios Publicos Sociales, Mineria, Saneamiento, Irrigacion y Asuntos Agrarios - PRO DESARROLLO; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1012, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y sus respectivas normas reglamentarias, el acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION referido en el considerando anterior debe ser ratificado por resolucion suprema; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en su sesion de fecha 28 de junio de 2012, mediante el cual se aprobo el texto modificado del Plan de Promocion de la Inversion Privada del Proyecto El Chaco La Puntilla Lote E. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 820520-7

Que, el numeral 2.1 del articulo 2º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que la Regalia Minera es la contraprestacion economica que los sujetos de la actividad minera MORDAZA al Estado por la explotacion de los recursos minerales metalicos y no metalicos; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, senala que el Ministerio de Economia y Finanzas distribuira mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalia Minera en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendario despues del ultimo dia de pago de la Regalia Minera; Que, el numeral 16.5 del articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias, dispone que el Ministerio de Economia y Finanzas determinara los indices de distribucion de la regalia minera del ultimo mes y/o del ultimo trimestre, segun sea el caso, los que seran aprobados mensualmente a traves de una Resolucion Ministerial; Que, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, establece que los Indices de Distribucion de la Regalia Minera son aprobados por el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Resolucion Ministerial sobre la base de los calculos que para tal efecto formule la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales de este Ministerio, segun los criterios establecidos en el MORDAZA legal correspondiente; Que, sobre la base de la informacion proporcionada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI mediante el Oficio Nº 077-2012-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT, segun el Oficio Nº 792012-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, mediante el Oficio Nº 0023-2012-SE-DGPU/ DE, la Direccion General de Descentralizacion Fiscal y Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economia y Finanzas ha efectuado los calculos correspondientes para la determinacion de los Indices de Distribucion de la Regalia Minera del mes de junio de 2012, segun lo indicado en el informe Nº 098-2012-EF/64.03; Que, en virtud de lo senalado en los considerandos precedentes resulta necesario aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de junio de 2012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 Ley de Regalia Minera y sus modificatorias, el literal b) del numeral 15.5 del articulo 15º de la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de junio de 2012, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales del MORDAZA beneficiados con la Regalia Minera, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de junio de 2012 consideran la informacion remitida por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, segun los porcentajes y criterios de distribucion establecidos en el articulo 8º de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, y el articulo 13º del Reglamento de la Ley Nº 28258 Ley de Regalia Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modificatorias. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. El Anexo a que se refiere el articulo 1º sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas

Aprueban los Indices de Distribucion de la Regalia Minera correspondientes al mes de junio de 2012 a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales y Universidades Nacionales
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 522-2012-EF/15 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalia Minera, modificada por las Leyes Nº 28323 y Nº 29788, establece la Regalia Minera, su constitucion, determinacion, administracion, distribucion y utilizacion;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.