Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2012 (03/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de junio de 2012

PROYECTO

467725

(v) Informar al MTC, de la infraestructura de telecomunicaciones respecto de la que MORDAZA acordado o se MORDAZA ordenado el uso compartido en aplicacion del Decreto Legislativo N° 1019, con la finalidad de que sea incorporada en el Registro de Infraestructura de Uso Publico creado por la MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 28295. (vi) Otras obligaciones que establezca el OSIPTEL. Articulo 6°.- De la reventa de los servicios publicos de telecomunicaciones. Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas de su conjunto economico que puedan proveer el acceso mayorista para el servicio de internet fijo via ADSL en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y el acceso mayorista para el servicio de internet fijo via ADSL en el resto de departamentos del MORDAZA, estaran obligadas a ofrecer a otros proveedores, la reventa del servicio de internet fijo via ADSL, a tarifas razonables y sujetos al sistema de descuentos mayoristas que determine el OSIPTEL. Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas operadoras de su conjunto economico pondran a disposicion de terceros operadores y haran de publico conocimiento, una oferta para la reventa del servicio de internet fijo via ADSL a tarifas razonables. Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas operadoras de su conjunto economico ofreceran la reventa en condiciones no discriminatorias a los terceros operadores que la requieran y suscribiran los correspondientes acuerdos de comercializacion del servicio de internet fijo via ADSL. Cuando el OSIPTEL determine el sistema de descuentos mayoristas aplicables, estos seran de obligatorio cumplimiento para Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas operadoras de su conjunto economico. En aplicacion de las Normas Relativas a la Comercializacion de Trafico y/o Servicios Publicos de Telecomunicaciones, aprobadas por Resolucion de Consejo Directivo Nº 049-2000-CD/OSIPTEL, Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas de su conjunto economico tienen las siguientes obligaciones frente al OSIPTEL: (i) Informar las condiciones y los descuentos que brinden, los plazos de vigencia de estos ultimos, asi como sus respectivas modificaciones, por lo menos tres (3) dias habiles MORDAZA de su difusion. (ii) Poner en conocimiento del OSIPTEL los mecanismos de publicidad que adopten con la finalidad que los comercializadores se informen adecuadamente respecto de las condiciones y descuentos que ofrezcan. (iii) Proporcionar cualquier informacion que el OSIPTEL, dentro de su ambito de competencia, les solicite. (iv) Brindar las facilidades necesarias para las labores de supervision que OSIPTEL efectue. Asimismo, los Proveedores Importantes deberan remitir al OSIPTEL los contratos de comercializacion que en virtud de esta obligacion suscriban con los comercializadores, dentro del plazo de cinco (5) dias de su suscripcion. Articulo 7°.- De las otras obligaciones exigibles a los Proveedores Importantes. Telefonica del Peru S.A.A. y todas las empresas de su conjunto economico que puedan proveer el acceso mayorista para el servicio de internet fijo via ADSL en el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao y el acceso mayorista para el servicio de internet fijo via ADSL en el resto de departamentos del MORDAZA, estaran obligadas en el MORDAZA del MORDAZA relevante identificado a sujetarse a las obligaciones previstas en la normativa vigente. EXPOSICION DE MOTIVOS DETERMINACION DE PROVEEDORES IMPORTANTES EN EL MORDAZA Nº 25: ACCESO MAYORISTA PARA INTERNET Y TRANSMISION DE DATOS I. ANTECEDENTES El concepto de Proveedor Importante se definio, en nuestro MORDAZA, como parte de la implementacion del Acuerdo

de Promocion Comercial entre Peru y Estados Unidos al emitirse el Decreto Legislativo Nº 1019, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 10 de junio de 2008, por el cual se aprueba la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Publicos de Telecomunicaciones. Esta MORDAZA establecio el MORDAZA legal basico en la materia y encargo al OSIPTEL dictar las disposiciones complementarias para desarrollar dicho MORDAZA legal. Asi, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 020-2008-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de setiembre de 2008, el OSIPTEL aprobo las "Disposiciones Complementarias de la Ley de Acceso a la Infraestructura de los Proveedores Importantes de Servicios Publicos de Telecomunicaciones". En ellas se establecieron las condiciones para el acceso y uso compartido de la infraestructura y se determino que el OSIPTEL estableceria la metodologia y procedimiento para identificar expresamente a las empresas a ser consideradas como Proveedores Importantes. En linea con ello, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 023-2099-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de junio de 2009, se aprobo "Metodologia y Procedimiento para determinar a los Proveedores Importantes de Servicios Publicos de Telecomunicaciones sujetos a obligaciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1019" (en adelante, Metodologia y Procedimiento). Posteriormente, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 099-2011-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de agosto de 2011 se aprobo el "Documento MORDAZA para la Determinacion de Proveedores Importantes en los Mercados de Telecomunicaciones" (en adelante, Documento Marco). Dicho documento contiene: (i) la determinacion de los mercados de servicios publicos de telecomunicaciones que forman parte del Conjunto de Mercados de Partida, y (ii) la designacion de un subconjunto de mercados para los cuales el OSIPTEL iniciara de oficio un analisis de proveedores importantes por ser considerados "mercados prioritarios" para el desarrollo de la competencia en el sector. De acuerdo a lo determinado en el Documento MORDAZA, el primer MORDAZA a ser analizado para la determinacion de Proveedor Importante es el MORDAZA Nº 25, correspondiente al Acceso Mayorista para internet y transmision de datos. El procedimiento de determinacion de Proveedores Importantes en el MORDAZA N° 25 se inicio oficialmente el 28 de noviembre de 2011. Por lo tanto, corresponde al OSIPTEL disponer que se publique para comentarios el Proyecto de Resolucion de Determinacion de Proveedores Importantes en el MORDAZA Nº 25: Acceso Mayorista para internet y transmision de datos, que recoge el analisis realizado en dicho MORDAZA, conjuntamente con su exposicion de motivos y su informe sustentatorio. II. OBJETIVO El objetivo previsto por la normativa vigente aplicable a los Proveedores Importantes es el de establecer un MORDAZA legal que permita reducir la brecha en infraestructura y promover la competencia en la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, estableciendo obligaciones especificas a los operadores que ostenten la categoria de Proveedor Importante en el mercado. En linea con este objetivo, se ha elaborado el Proyecto adjunto en el que se plasma el analisis de determinacion de proveedores importantes realizado en el MORDAZA N° 25. El analisis se ha efectuado de acuerdo a lo establecido en el Documento MORDAZA en conjunto con la Metodologia y Procedimiento, y tiene por finalidad. La empresa o empresas que MORDAZA determinadas como Proveedor Importante quedaran sujetas, de acuerdo a la normativa vigente, a las siguientes obligaciones en su respectivo MORDAZA relevante: (i) compartir su infraestructura con otras empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones, (ii) Otorgar la reventa mayorista de su trafico y/o servicios publicos de telecomunicaciones en condiciones no discriminatorias y que no impliquen practicas anticompetitivas, como el estrechamiento de margenes, y, (iii) otorgar las otras prestaciones y sujetarse a las otras obligaciones que

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