Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2012 (03/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 3 de junio de 2012

Estando a lo informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6) y 17) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR INFUNDADO el RECURSO DE RECONSIDERACION interpuesto mediante Exp. Nº S-0017246-2012 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia CONFIRMESE en todos sus extremos el contenido de la RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 161-2012, conforme a los argumentos esgrimidos en la presente; quedando agotada la via administrativa. Articulo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE ADMINISTRACION, OFICINA DE ASESORIA JURIDICA y a la SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 796001-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Aprueban Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media y Comercio Zonal, y Memoria Descriptiva de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 097-2012-SGCHU-GDU/MDSMP San MORDAZA de Porres, 2 de MORDAZA de 2012 LA SUBGERENCIA DE CATASTRO Y DE HABILITACIONES URBANAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE SAN MORDAZA DE PORRES VISTO: El Expediente Nº 15730-01-2010 de fecha 21 de MORDAZA de 2010 y acumulados, promovido por la empresa CONSTRUCTORA S Y J MORDAZA S.C.R.L., debidamente representada por su Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media (RDM), y Comercio Zonal (CZ) del terreno de 19,575.00 m2, constituido por la Sub Parcela 55-B del Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Partida Nº 49033440 de la SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion Residencial La Virreyna, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses

propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6. Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, la Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Nº 29090, vigente cuando se inicio el presente tramite, en su Art. 1º establece la regulacion juridica de los procedimientos administrativos para la obtencion de las licencias de habilitacion MORDAZA y de edificacion, con la finalidad de facilitar y promover la inversion inmobiliaria; Que, mediante Expediente Nº 15730-01-2010 y acumulados, la empresa CONSTRUCTORA S Y J MORDAZA S.C.R.L., representado por su Gerente General MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 19,575.00 m2, para Uso Residencial de Densidad Media (RDM) y Comercio Zonal (CZ) constituido por la Sub Parcela 55-B del Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Partida Nº 49033440 de la SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Urbanizacion Residencial La Virreyna, ubicado en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; Que de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML, se establecio los Aportes Reglamentarios para el area asignada con Zonificacion RDM: Recreacion Publica el area de 1,251.71 m2; Parques Zonales el area de 357.63 m2; Servicios Publicos Complementarios (Ministerio de Educacion) el area de 357.63 m2; Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) el area de 357.63 m2 y Renovacion MORDAZA el area de 178.82 m2. Para el area calificada con Zonificacion CZ se establece como aportes reglamentarios: Parques Zonales el area de 84.67 m2, Renovacion MORDAZA el area de 50.80 m2 y Servicios Publicos Complementarios (Municipalidad Distrital) el area de 33.87 m2. Al no existir mas area disponible para los demas aportes debido a la consolidacion total del resto de lotes, estos seran redimidos en dinero hasta MORDAZA de la expedicion de la Resolucion de Recepcion de Obras, quedando en garantia los lotes 1 al 11 de la Mz. "A", lotes 1 al 28 de la Mz. "B", lotes 1 al 13 de la Mz. "C", lotes 1 al 20 de la Mz. "D" y lotes 1 al 20 de la Mz. "E" de la Urbanizacion Residencial La Virreyna, como garantia por los aportes a Servicios Publicos Complementarios, Ministerio de Educacion, Parques Zonales y Renovacion MORDAZA, de conformidad con el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; Que, mediante Valorizacion se calculo el deficit de aporte de Servicios Publicos Complementarios con Zonificacion RDM con un area de 357.63 m2 y con Zonificacion CZ con un area de 33.87 m2 cuyo monto total asciende a la suma de S/. 9,787.50 nuevos soles y mediante Recibo Nº 3612009421 de fecha 12 de MORDAZA de 2012 pagado en la tesoreria de esta Corporacion Municipal, acreditan la cancelacion de dicha Valorizacion; Que, mediante el Informe Nº 113-2012-GRNDSGCyHU-GDU-MDSMP el tecnico del area de habilitaciones urbanas senala que el administrado ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos establecidos en la Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29090 y el MORDAZA de esta corporacion; y la inspeccion ocular practicada verifica que el plano presentado coincide con lo fisicamente existente en el terreno, observandose que existe una consolidacion de viviendas (al 100%), constatandose

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