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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 3 de junio de 2012 467719 la existencia de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado. Asimismo se indica que la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del inmueble constituido por la Sub Parcela 55-B del Ex Fundo Naranjal, califi cado con Zonifi cación de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ”, sobre el que se desarrolla la Urbanización Residencial La Virreyna, cumple con los planes urbanos respecto a la zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, dejando en el terreno el área de 1,934.29 m2 como aporte de Recreación Pública; Que, estando el Informe Nº 242-2012-RPG-GDU/ MDSMP de fecha 10 de Abril del 2012, emitido por el área legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de esta entidad administrativa, respectivamente, donde señalan que habiéndose cumplido con todos los requisitos establecidos por ley, procede otorgarle el acto administrativo, APROBANDO la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ” del terreno 19,575.00 m2, constituido por la Sub Parcela 55-B del Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Partida Nº 49033440 de SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Residencial La Virreyna, de conformidad con el Plano signado con el Nº 025-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, AUTORIZANDO a la empresa CONSTRUCTORA S Y J SIERRA S.C.R.L. para ejecutar en un plazo de dieciocho (36) meses computados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las Obras de Habilitación Urbana; De conformidad con el artículo 20, inciso 6) de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la Ley Nº 27444 – Ley de Procedimiento Administrativo General; Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y Ordenanza Nº 1015-MML; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “RDM” y Comercio Zonal “CZ” del terreno 19,575.00 m2, constituido por la Sub Parcela 55-B del Ex Fundo Naranjal, inscrito en la Partida Nº 49033440 de SUNARP, sobre el cual se desarrolla la Urbanización Residencial La Virreyna, de conformidad con el Plano signado con el Nº 025-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa CONSTRUCTORA S Y J SIERRA S.C.R.L. para ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana como son las obras de pavimentación de pistas y veredas, ornamentación del parque y señalización de la Habilitación Urbana del terreno de 19,575.00 m2. El inicio de la vigencia de la presente resolución será computado a partir del ingreso del expediente cuya fecha es 21 de Abril de 2010, venciendo el plazo el 20 de Abril de 2013. La prórroga deberá solicitarse dentro de los treinta días calendario, anteriores al vencimiento de la presente. Las obras deberán sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo a las especifi caciones siguientes: Diseño.- Se basará en el cuadro de áreas siguiente: CUADRO GENERAL DE AREAS DESCRIPCION AREA (m2) Área total del terreno 19,575.00 Área afecta aportes RDM 17,881.53 Área afecta aportes CZ 1,693.47 Área Útil 13,080.40 Área de Recreación Pública 1,934.29 Área de Vías 4,560.31 TELECOMUNICACIONES: Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., para la instalación de ductos, cámaras y la reserva de áreas para centrales. PAVIMENTOS: Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuara con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurara una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f’c=175Kg/ cm2 de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20m, y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na en porción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los Radios de abanicos en las esquinas serán de 6.00m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f’c=175Kg/cm2 y de dimensiones 0.15 x 0.30m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30m. Rampas y Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de trazado y lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a los dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de Febrero del 2001. Artículo Tercero.- DISPONER a la empresa CONSTRUCTORA S Y J SIERRA S.C.R.L. el pago de los défi cits de aportes reglamentarios a redimirse en dinero para el Ministerio de Educación por el área de 357.63 m2, para Parques Zonales por el área de 357.63 m2 en zonifi cación “RDM” y el área de 84.67 m2 en zonifi cación “CZ”, para Servicios Públicos Complementarios por el área de 357.63 m2 en zonifi cación “RDM” y el área de 33.87 m2 en zonifi cación “CZ” y para Renovación Urbana el área de 178.82 m2 en zonifi cación “RDM” y el área de 50.80 m2 en