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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 9 de junio de 2012 468107 ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. b) Los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil. c) Los titulares de los organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modifi catoria. d) Los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. El requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad; y en los gobiernos regionales y los gobiernos locales, se autoriza mediante acuerdo del consejo regional o concejo municipal, respectivamente. En todos los casos, la resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario ofi cial El Peruano. Los viajes que se autoricen en el marco de la presente disposición deben realizarse en categoría económica. Que, según el art. 37°, inc. o), del Reglamento General de la UNP, señala que una de las atribuciones del Consejo Universitario es: “Autorizar los viajes fuera del país en Comisión de Servicio del Rector, Vicerrectores y Decanos, recibir y evaluar el informe correspondiente”. Que, mediante Ofi cio N° 2791-2012-OPPTO-OCP- UNP de fecha 15 de mayo de 2012, el Jefe de la Ofi cina Central de Planifi cación, informo que en el Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura se ha previsto el egreso que implica la ejecución de viajes en territorio nacional, no obstante y de acuerdo el artículo 10º de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 – Ley Nº 29812, en su numeral 10.1 quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; sin embargo dentro de la excepción c) del mismo numeral se considera a los titulares de organismos constitucionalmente autónomos y los altos funcionarios a que se refi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta Otras Medidas, y modifi catoria (Ley en la que no se encuentran inmersos los altos funcionarios de las Universidades y por ende la UNP). En relación a condición jurídica de las universidades, es pertinente indicar que de acuerdo al artículo 18º de la Constitución Política del Perú y el artículo 1º la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, las universidades gozan de autonomía académica, económica, normativa y administrativa; no obstante eso no signifi ca que estén consideradas como organismos constitucionalmente autónomos; pues según la Constitución Política del Perú los organismos constitucionalmente autónomos son aquellos dotados de personería jurídica y patrimonio propio, previstos en dicha constitución, requisitos que al parecer no cumplirían las universidades y por tanto no se enmarcarían en la excepción citada. Por lo tanto y en cumplimiento de la norma citada, dicho viaje debe publicarse en el diario Ofi cial El Peruano, el cual implica un gasto de S/. 16,539.80, Requerimiento que cuenta con cobertura presupuestaria en la fuente 1 Recursos ordinarios de la Sección Funcional 0018. Así mismo se sugiere que la participación del Dr. Oscar Vásquez Ramos – Vicerrector Administrativo, el cual ha sido designado por Ud. Para que lo acompañe en la Misión Ofi cial a Utah, Washington y Vancouver, se puede otorgar pasajes vía aérea nacional y 04 días de viáticos nacionales. Los gastos internacionales tendrán que ajustarse a Ley. Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su en Sesión Ordinaria Nº 10 de fecha 16 de mayo de 2012, y a lo dispuesto por el señor Rector, en uso de sus atribuciones legales. SE RESUELVE: Artículo 1º .- AUTORIZAR, el viaje a las ciudades de UTAH, WASHINGTON y VANCOUVER de los doctores JOSE RAUL RODRIGUEZ LICHTENHELDT, Rector y OSCAR ARMANDO VASQUEZ RAMOS, Vicerrector Administrativo de la Universidad Nacional de Piura, invitado por el Gerente General Regional del Gobierno Regional, para que coordine la formulación de Convenios Específi cos con las diferentes entidades académicas de las mencionadas Universidades, del 19 al 29 de mayo de 2012. Artículo 2º.- FACULTAR, a la Ofi cina Central de Ejecución Presupuestaria para que otorgue al señor Vicerrector Administrativo, pasajes aéreos PIURA-LIMA- PIURA y SIETE (07) días de viáticos de acuerdo a su respectiva categoría; asimismo otorgue al señor Rector, lo siguiente que detallo a continuación; debiendo presentar la rendición de gastos a la mencionada Ofi cina Central al término del viaje: Concepto del Gasto Costo Sub Total $ Total S/. T/C=2.80 Pasajes Nacionales $209.68 587.104 587.10 Viáticos Nacionales (04 días) S/. 250.00 1,000.00 1,000.00 Pasajes Internacionales $3360.25 9,409.00 9,408.70 Viáticos Internacionales (09 días) $.220.00 616.00 5,544.00 TOTAL 16,539.80 Artículo 3º.- DISPONER, que las mencionadas autoridades deberán presentar un informe del viaje autorizado por la presente Resolución. Artículo 4º.- CARGAR, el egreso que ocasione la presente Resolución a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Artículo 5º.- PUBLICAR, la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y ejecútese. JOSÉ RAÚL RODRIGUEZ LICHTENHELDT Rector ALFREDO SULLÓN LEÓN Secretario General 799043-1 MINISTERIO PUBLICO Autorizan viajes de fiscales para participar en eventos a realizarse en Brasil y Francia RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1396-2012-MP-FN Lima, 7 de junio del 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 1124-2012-FSP/CFEMA-FN de fecha 31 de mayo de 2012, remitido por el doctor Juan Antonio Fernández Jerí, Fiscal Superior, Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, quien solicita al despacho de la Fiscalía de la Nación, autorización para asistir a la “Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río +20)”, a desarrollarse del 13 al 23 de junio de 2012, en la ciudad de Río de Janeiro, Brasil, y; CONSIDERANDO: Que, la mencionada Conferencia, tiene por fi nalidad promover mejores estrategias de prevención, protección y conservación del medio ambiente desde el ejercicio de la función Fiscal, considerándose de gran interés institucional, por lo que es necesario autorizar la participación del doctor Juan Antonio Fernández Jerí, Fiscal Superior, Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, otorgándose la licencia con goce de haber respectiva, conforme lo dispuesto en el artículo 21° del Decreto