Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2012 (16/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2012

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese.RAQUEL ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 801716-4

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CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 614 125,10 m², ubicado al este del centro poblado "San MORDAZA de Marcona", en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Certificado de Busqueda Catastral de fecha 19 de MORDAZA de 2012, emitido en base al Informe Tecnico Nº 03632012-ZR-XI/OC-NASCA de fecha 16 de MORDAZA de 2012, de la Oficina Registral de Nazca senala que el terreno en consulta no se encuentra superpuesto con predio inscrito digitalizado en las bases cartograficas catastrales de las propiedades inscritas, con las que cuenta la Oficina de Catastro; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica el 16 de MORDAZA de 2012, se verifico que el terreno de naturaleza eriaza presenta una topografica sin desniveles marcados, que al interior, sobre la MORDAZA este, se han instalado 04 pozas para el tratamiento de aguas servidas, las cuales aun no se encuentran operativas, encontrandose desocupado el resto del terreno; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 614 125,10 m², de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del articulo 44º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, asi como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0067-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 06 de junio de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 614 125,10 m², ubicado al este del centro poblado "San MORDAZA de Marcona", en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito en el Registro de Predios de Nazca.

SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 087-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 13 de junio de 2012 Visto el Expediente N° 039-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 242 611,41 m², denominado Lote A, ubicado al noroeste del Centro Poblado Virgen de las MORDAZA y parte del Cerro Picacho, en los distritos de Supe y Barranca, provincia de Barranca, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 242 611,41 m², denominado Lote A, ubicado al noroeste del Centro Poblado Virgen de las MORDAZA y parte del Cerro Picacho, en los distritos de Supe y Barranca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, la Oficina Registral de MORDAZA remitio el Certificado de Busqueda Catastral 13 de octubre de 2011 sobre la base del Informe Tecnico 12186-2011-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, de fecha 10 de octubre de 2011, en el cual senalo que el predio en consulta se encuentra en MORDAZA de cerros eriazos donde no se visualiza antecedente cartografica registral. Asimismo, informo que el poligono se ubica parcialmente en ambito de los distritos de Barranca y Supe; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 15 de diciembre de 2011, se verifico que el terreno es naturaleza eriaza, de forma trapezoidal, de topografia variable de accidentada en laderas del cerro y ligera pendiente en la parte baja de los cerros, suelo arcilloso y rocoso y se encuentra desocupado; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 242 611,41 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;

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