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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (16/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2012 468512 la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 059 -2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de abril de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 167 295,91 m², ubicado entre la Asociación Agrícola Pecuaria Villa Nazaret, el Cerro Cabrera y la Agrupación Familiar Primavera, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 801716-2 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 085-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de junio de 2012 Visto, el Expediente N° 097-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 296 527,76 m², ubicado entre los asentamientos humanos “San Martín de Porres”, “Micaela Bastidas sector 8” y “28 de Julio”, al noroeste del Cementerio, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 296 527,76 m², ubicado entre los asentamientos humanos “San Martin de Porres”, “Micaela Bastidas sector 8” y “28 de Julio”, al noroeste del cementerio, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, efectuada la consulta pertinente, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 19 de abril de 2012, emitido en base al Informe Técnico Nº 0368- 2012-ZR-XI/OC-NASCA de fecha 16 de abril de 2012, de la Ofi cina de Catastro de la Ofi cina Registral de Nazca señala que el terreno en consulta no se encuentra superpuesto con predio inscrito digitalizado en las bases cartográfi cas catastrales de las propiedades inscritas, con las que cuenta la Ofi cina de Catastro; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios señala que no impide la inmatriculación, el Informe Técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica el 16 de mayo de 2012, se verifi có que el terreno de naturaleza eriaza presenta una topografía va de zonas llanas a zonas con desniveles moderados, que aproximadamente el 50% de la extensión se encuentra ocupada por edifi caciones levantadas con diversos materiales, las cuales son destinadas como viviendas, encontrándose desocupado el resto del terreno; Que, el artículo 23º de la Ley Nº 29151, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la SBN, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 296 527,76 m², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los literales a) y p) del artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA del 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo competencia de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, así como a emitir resoluciones en materias de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0068-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 6 de junio de 2012; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 296 527,76 m², ubicado entre los asentamientos humanos “San Martin de Porres”, “Micaela Bastidas sector 8” y “28 de Julio”, al noroeste del Cementerio, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° XI - Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito en el Registro de Predios de Nazca. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Administración del Patrimonio Estatal 801716-3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 086-2012/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 13 de junio de 2012 Visto, el Expediente N° 096-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 614 125,10 m², ubicado al este del centro poblado “San Juan de Marcona”, en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; y