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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de junio de 2012 468515 publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS establece que en el caso de la publicación de normas legales que tengan anexos, se publicará en el diario ofi cial El Peruano solamente la correspondiente norma aprobatoria, disponiéndose en la misma que el Anexo se publicará en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación ofi cial; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332 y por el literal c) del artículo 23º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; y, Con la opinión favorable de la Gerencia General, Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los Anexos H e I del Anexo 2.3 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/ CD, a través de los cuales se establecen los “Requisitos para solicitar la Inscripción o Modifi cación en el Registro de Hidrocarburos”, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Modifi car el artículo 2º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 088-2012-OS/CD, a través del cual se aprobó el cronograma para la inscripción en el Registro de Hidrocarburos para los Medios de Transporte de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de Hidrocarburos en Cilindros, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 2º.- Aprobar el cronograma para la inscripción en el Registro de Hidrocarburos, el mismo que será de obligatorio cumplimiento para los Medios de Transporte de Combustibles Líquidos en Cilindros y establece los plazos máximos para la inscripción referida:” Cronograma para la inscripción en el Registro de Hidrocarburos de Medios de Transporte de Combustible Líquido en Cilindros Año 2012 Año 2013 Medios de Transporte Terrestre de Combustible Líquido Medios de Transporte Acuático Departamentos y P r o v i n c i a Constitucional 01-Jun- 12 15-Jul- 12 15-Ago- 12 15-Sep- 12 15-Oct- 12 15-Nov- 12 15-Dic- 12 15-Ene- 13 15-Feb- 13 15-Mar- 13 15-Abr- 13 15-May-13 Madre de Dios X Cusco - Ayacucho - Junín - Huancavelica X Huánuco - Pasco X Puno - Apurímac X San Martín - Amazonas X Ucayali - Loreto X Lambayeque - Cajamarca - X La Libertad - Ancash Tumbes - Piura X Moquegua - Tacna X Arequipa - Ica X Lima - Callao X En todo el País X Artículo 3º.- Modifi car la Declaración Jurada Técnica aplicable a los procedimientos referidos a la inscripción o modifi cación en el Registro de Hidrocarburos para los medios de transporte terrestre de combustibles líquidos en cilindros, aprobada por el artículo 3º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 088-2012-OS/CD, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo 2, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 4º.- Autorizar a la Gerencia General a aprobar y modifi car las Declaraciones Juradas Técnicas, modifi car el Cronograma para la inscripción en el Registro de Hidrocarburos de Medios de Transporte de Combustible Líquido en Cilindros; así como dictar las disposiciones técnico-operativas y medidas complementarias que sean necesarias para la aplicación de la presente resolución. Artículo 5º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos 1 a que se refi ere el artículo 1º, Anexo 2 a que se refi ere el artículo 3º, así como el Anexo 3 que contiene la Exposición de Motivos y forman parte integrante de la presente resolución, serán publicados en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 802569-1 Modifican el Procedimiento para la Adecuación del SCOP, aprobado por Res. Nº 069-2012-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 136-2012-OS/CD Lima, 14 de junio de 2012 VISTO: El Memorando GFHL/DPD-1591-2012 de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los