Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2012 (16/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, sabado 16 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468511

Visto, el Expediente N° 095-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 125 149,62 m², ubicado en la parte alta del cerro, en el sector denominado Asociacion Agropecuaria Industrial La Rinconada, en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 125 149,62 m², ubicado en la parte alta del cerro, en el sector denominado Asociacion Agropecuaria Industrial La Rinconada, en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 30 de marzo de 2012, por profesionales de esta Subdireccion, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza y que en parte del mismo existen explanadas que son usados como MORDAZA deportivos y zonas de campamento, mientras que el resto se encuentra desocupado con presencia de plantaciones de tallo corto; Que, efectuada la consulta catastral correspondiente, la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA, informo sobre la base del Informe Tecnico N° 005497-2012-SUNARP-Z.R.N°IXOC del 11 de MORDAZA de 2012, que el terreno materia de consulta, se ubica en ambito del cual en la base grafica parcial del Mosaico de Predios, no se ha identificado a la fecha, informacion grafica del plano con antecedente registral. Asimismo, precisa que conforme a la cartografia del IGN se advierte que el predio estaria ubicado en MORDAZA de cerro: por lo que, se recomienda al usuario tener en consideracion el articulo 23º de la Ley Nº 29151; Que, el tercer parrafo del articulo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, el articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; por lo que, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 125 149,62 m², materia de la presente Resolucion, de conformidad con el articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 066-2012/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 30 de MORDAZA de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza

eriaza de 125 149,62 m², ubicado en la parte alta del cerro, en el sector denominado Asociacion Agropecuaria Industrial La Rinconada, en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo anterior, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 801716-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION N° 084-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 13 de junio de 2012 Visto el Expediente N° 067-2012/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 167 295,91 m², ubicado entre la Asociacion MORDAZA Pecuaria MORDAZA MORDAZA, el Cerro MORDAZA y la Agrupacion Familiar MORDAZA, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO : Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 167 295,91 m², ubicado entre la Asociacion MORDAZA Pecuaria MORDAZA MORDAZA, el Cerro MORDAZA y la Agrupacion Familiar MORDAZA, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Informe Tecnico 1706-2012-SUNARPZ.R.NºIX/OC, de fecha 08 de febrero de 2012, la Oficina Registral de MORDAZA, senalo que el predio en consulta se observa comprendido en ambito donde no se visualiza antecedente grafico registral; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 20 de MORDAZA de 2012, se verifico que el terreno es naturaleza eriaza, de forma irregular, de topografia accidentada, de suelo arcilloso y rocoso. Asimismo, se observo que un 12% aproximadamente en el predio existe plantones de frutas y eucaliptos, tanques de agua de material plastico y esta acondicionando un puesto de vigilancia y el resto del predio se encuentra desocupado; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 167 295,91 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y

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