Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2012 (29/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

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realizara la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru, en la Base Aerea Las Palmas de la MORDAZA de Lima; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Republica de Colombia detallado a continuacion, a fin de participar en el Curso de Tecnicas Operativas de Inteligencia de Senales y Curso de Tecnicas Operativas de Inteligencia de Imagenes que realizara la Escuela de Inteligencia de la Fuerza Aerea del Peru, en la Base Aerea Las Palmas, ubicada en la MORDAZA de Lima. Del 02 de MORDAZA al 14 de setiembre de 2012 1. CapitanJorge MORDAZA MORDAZA Duque. Del 05 de octubre al 10 de diciembre de 2012 1. CapitanJimmy MORDAZA Noya. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 808224-2 RESOLUCION MINISTERIAL N° 737-2012-DE/SG MORDAZA, 28 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 518 de fecha 20 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de Colombia, ingresara a territorio de la Republica, a fin de participar en un entrenamiento de Simulador de Vuelo A-37, en la Base Aerea del Grupo Aereo Nº 7 de la MORDAZA de Piura; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios

militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Con la opinion favorable de la Fuerza Aerea del Peru, y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Republica de Colombia detallado a continuacion, a fin de participar en el entrenamiento de Simulador de Vuelo A37, en la Base Aerea del Grupo Aereo Nº 7, ubicada en la MORDAZA de Piura. Del 02 al 06 de MORDAZA de 2012 1. 2. MORDAZA MORDAZA Subteniente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monsegny. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Escobar.

Del 06 al 10 de agosto de 2012 1. 2. 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Abril. Feissan MORDAZA MORDAZA Carreno. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gutierrez.

Del 03 al 07 de setiembre de 2012 1. 2. 3. MayorJuan MORDAZA Subteniente MORDAZA CID Gamez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ussa. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez.

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa 808224-3 RESOLUCION MINISTERIAL N° 738-2012-DE/SG MORDAZA, 28 de junio de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 515 de fecha 19 de junio de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de MORDAZA, ingresara a territorio de la Republica, a fin de participar en la "Conferencia de caracter profesional entre Guarniciones Aerea Fronterizas" a realizarse en la MORDAZA del Cusco; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el

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