Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2012 (04/03/2012)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 4 de marzo de 2012

e) Las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en las elecciones. Asimismo, el Comite Electoral MORDAZA constar en el Acta electoral, el acta de instalacion, la de sufragio, las etapas, observaciones, de ser el caso u otros actos o hechos relevantes que se hubiesen producido durante las elecciones. CAPITULO II. DE LA CONVOCATORIA Articulo 12º.- Convocatoria.- El MORDAZA convoca a la eleccion de los representantes de la Sociedad Civil integrantes del Consejo de Coordinacion Local, mediante Decreto de Alcaldia. En la convocatoria se establecera el lugar, la fecha y hora de la realizacion de las elecciones, asi como la designacion del Comite Electoral. En ningun caso, el lugar de las elecciones puede estar fuera del Distrito. La convocatoria sera publicada en carteles ubicadas en lugares visibles del distrito, en la pagina web de la Municipalidad, ademas de ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 13º.- Plazos de la Convocatoria e Inscripcion La convocatoria se realizara a partir del dia siguiente de aprobado el presente Reglamento por un periodo de dos semanas calendario por los medios de comunicacion de mayor difusion, asi mismo el plazo de inscripcion de los candidatos es de 3 semanas, a una semana despues de iniciada la Convocatoria. CAPITULO III. DEL PADRON ELECTORAL Articulo 14º.- Participacion en las elecciones.Pueden participar en el MORDAZA para la eleccion de los representantes de la Sociedad Civil integrantes del Consejo de Coordinacion Local Las Organizaciones de nivel distrital, con inscripcion vigente en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad. Su participacion se realizara a traves de sus delegadoselectores. Articulo 15º.- Padron Electoral.- La Division de Servicios Publicos, como organo responsable del registro, publica el padron electoral en carteles ubicados en lugares visibles del distrito, asi como la pagina web de la Municipalidad, al cierre de las inscripciones de las organizaciones de la Sociedad Civil. Articulo 16º.- Tachas.- Dentro de los dos dias posteriores a la publicacion del padron electoral pueden presentarse tachas debidamente sustentadas respecto de los delegados- electores ante la Direccion de Servicios Publicos. Dentro de los dos dias posteriores a la MORDAZA de la tacha y luego de escuchar las partes, la Division de Servicios Publicos resolvera la impugnacion. La Resolucion emitida la Division de Servicios Publicos es definitiva y no puede ser materia de impugnacion. Las resoluciones seran publicadas y difundidas con los mismos mecanismo establecidos en el presente capitulo. El Padron definitivo sera publicado dentro de los dias siguientes a la resolucion de la totalidad de las tachas que hayan sido interpuestas. CAPITULO IV. DEL MORDAZA ELECTORAL Articulo 17º.- Candidatos.- En las elecciones a que refiere el presente Reglamento son candidatos elegibles los delegados ­electores. Articulo 18º.- Lista de candidatos.- Las listas de la totalidad de candidatos seran publicadas por el comite

electoral en lugar visible del recinto donde se realicen las elecciones y en la camara secreta. La lista de candidatos a inscribirse en concordancia del Articulo 102º de la Ley Organica de Municipalidades, tendra que estar compuesto por tres (3) miembros. Asimismo, la lista de candidatos estara conformada como minimo por una (1) organizacion social perteneciente a MORDAZA MORDAZA o Los Balnearios. Articulo 19º.- El material Electoral.- El material electoral esta conformado por el padron Electoral, el cartel de candidatos, las cedulas de votacion, una cabina secreta, un anfora, el acta electoral. Cada cedula contara con recuadros en un numero igual a la cantidad de candidatos de los representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil. El Comite Electoral le asignara un numero a cada lista de candidatos, por orden de inscripcion con el que se identificara en el acto eleccionario. Articulo 20º.- Instalacion del Comite Electoral.- El comite Electoral se reunira a las 8:30 a.m. en el lugar de votacion en la fecha para la cual fueron convocadas las elecciones. Se instalara a las 9 a.m. y verificara que el material electoral este conforme. El acto electoral se inicia con la instalacion del Comite Electoral y culmina a la 01 p.m. con el inicio del escrutinio de votos con la presencia de la totalidad de sus miembros. Articulo 21º.- Quorum.- Una vez instalado el Comite Electoral, su presidente pasara a tomar lista de los delegados-electores que figuran en el Padron Electoral y de no verificar la presencia de la mitad de ellos, MORDAZA un receso de treinta minutos, pasados los cuales se volvera a pasar lista y se MORDAZA paso a la siguiente etapa del MORDAZA con los delegados-electores asistentes. Articulo 22º.- Difusion de las listas de candidatos.El Comite Electoral procedera a verificar la relacion de los delegados-electores presentes y se senalara el numero total de representantes a ser electos. Luego, procedera a pegar los carteles de candidatos en el local de votacion y en la camara. Articulo 23º.- Votacion.- El comite electoral leera la lista de candidatos y su correspondiente numero, asi como el numero de delegados que se debe elegir. Acto seguido, procedera a llamar uno a uno a los delegados ­electores para que emitan su voto. Los delegados ­electores, luego de identificarse ante el Comite Electoral con su documento de identidad, pasaran a la camara secreta a emitir su MORDAZA, marcando en la cedula el numero que corresponde a la lista de su preferencia; el delegado-elector depositara su MORDAZA en el anfora y suscribira el padron electoral e imprimira su huella digital. Se eligen como representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local a los candidatos que hayan obtenido la mayoria simple de los votos. Articulo 24º.- Rondas de Votacion.- Se realizara MORDAZA rondas de votacion como MORDAZA necesarias hasta alcanzar el numero de representantes a elegir del Consejo de Coordinacion Local en los siguientes casos: a) Cuando en la votacion el numero de candidatos que hayan obtenido mayoria simple es menor; o, b) En el caso de que MORDAZA empates y no se pueda determinar a cual de los delegados le corresponde ser integrantes del Consejo de Coordinacion Local. MORDAZA de la MORDAZA y sucesivas rondas, el Comite Electoral senalara el numero total de representantes a ser electos en estas rondas. Todos los delegados-electores tienen derecho a MORDAZA en todas las rondas que se realicen. Articulo 25º.- El Escrutinio y el acta electoral.- El escrutinio se llevara a cabo en acto publico, siendo el secretario del Comite Electoral el encargado de anotar la

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